Nokia 150S Mediamaster Instrucciones De Uso página 7

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Licencia de usario final del Software Nokia Mediamaster
7. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. HASTA EL AL-
CANCE MÁXIMO PERMITIDO POR LA LEGISLACIÓN
VIGENTE, NI NOKIA, NI SUS EMPLEADOS, NI SUS
CONCEDENTES NI SUS AFILIADOS SERÁN RESPON-
SABLES EN NINGÚN CASO DE NINGÚN TIPO DE PÉR-
DIDA DE BENEFICIOS, INGRESOS, VENTAS O DATOS,
NI DE LOS COSTES DE SUMINISTRO DE BIENES O
SERVICIOS SUSTITUTIVOS, DAÑOS MATERIALES,
DAÑOS PERSONALES, INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO
O PÉRDIDA DE INFORMACIÓN COMERCIAL. TAMPO-
CO SERÁN RESPONSABLES DE NINGÚN DAÑO ESPE-
CIAL,
DIRECTO,
INDIRECTO,
ECONÓMICO, CUBIERTO, EJEMPLAR, ESPECIAL NI
CONSIGUIENTE, INDEPENDIENTEMENTE DEL ORI-
GEN DE SU CAUSA Y YA SEA SURGIDO DE CONTRA-
TO, AGRAVIO, NEGLIGENCIA U OTRA TEORÍA DE RES-
PONSABILIDAD DERIVADA DEL USO O DE LA IMPO-
SIBILIDAD DE USO DEL SOFTWARE, AUNQUE NOKIA,
SUS CONCEDENTES O SUS AFILIADOS ESTÉN INFOR-
MADOS DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS. AL-
GUNOS PAÍSES, ESTADOS O JURISDICCIONES PRO-
HIBEN LA EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES,
PERO NO SU LIMITACIÓN. EN TALES CASOS, LA RES-
PONSABILIDAD DE NOKIA, SUS EMPLEADOS, SUS
CONCEDENTES O SUS AFILIADOS ESTARÁ RESTRIN-
GIDA A 50 DÓLARES ESTADOUNIDENSES.
Ninguna de las cláusulas de este Contrato perjudicará los
derechos estatutarios de ninguna parte que actúe de
consumidor. Nokia actuará en nombre de sus emplea-
dos, concedentes y afiliados en casos de renuncia, ex-
clusión o restricción de obligaciones y responsabilidades,
tal como se dispone en esta cláusula 7 del presente Con-
trato, pero no en otros casos ni para otros fines.
8. CONTROL DE LA EXPORTACIÓN. El Software, datos
técnicos incluidos, contiene software criptográfico sujeto
a controles de exportación en función de las leyes esta-
dounidenses Export Administration Regulations («EAR»)
y puede verse sometido a controles de importación o
exportación en otros países. Las EAR prohiben el uso del
Software y de los datos técnicos por parte de usuarios
finales que sean gobiernos, como se menciona a conti-
nuación, sin autorización previa del gobierno de los
EE.UU. En el Apartado 772 de las EAR encontramos la
definición del concepto de gobierno como usuario final :
«cualquier departamento, organismo o cualquier otra
institución nacional, regional o local que lleve a cabo fun-
ciones gubernamentales, como las instituciones de in-
vestigación gubernamentales, las entidades guberna-
mentales o sus unidades de negocio individuales (tal
como se especifica en el Apartado 772 de las EAR) de-
dicadas a la fabricación o distribución de productos o
servicios presentes en la Lista Militar Wassenaar, y las
organizaciones gubernamentales internacionales.
Este concepto no incluye las empresas de servicios pú-
blicos (empresas de telecomunicaciones y proveedores
de servicios de Internet, bancos e instituciones financie-
ras; transportes, entidades de difusión o entretenimien-
to, organizaciones educativas, organizaciones médicas
y de salud pública, empresas de venta al detalle o al por
mayor y entidades industriales o de fabricación no
involucradas en la elaboración o distribución de produc-
tos o servicios presentes en la Lista Militar Wassenaar)».
Acepta cumplir estrictamente todas las reglas de impor-
tación y exportación aplicables y declara que Usted es
IMPREVISTO,
responsable de obtener las licencias para exportar, reex-
portar, enviar o importar el Software. Asimismo, declara
que no es un gobierno como usuario final, según lo de-
finido arriba, y que no transferirá el Software a ningún
gobierno como usuario final sin previa autorización.
9. INFORMACIÓN DE CONTACTO. Si desea ponerse en
contacto con Nokia acerca de este Contrato, escriba a la
dirección siguiente:
Nokia Home Communications
Itämerenkatu 11-13
00180 Helsinki
FINLANDIA
10. LEGISLACIÓN APLICABLE Y DISPOSICIONES GE-
NERALES.
El presente Contrato está regido por la legislación
finlandesa. Cualquier disputa surgida a raíz del Contrato
o con relación al mismo, se resolverá mediante un juez
árbitro único nombrado por la Cámara Central de Comer-
cio de Finlandia. El procedimiento de arbitraje tendrá lu-
gar en Helsinki (Finlandia) y se desarrollará en lengua in-
glesa. Si alguna de las partes de este Contrato resultara
nula e inaplicable, ello no afectará a la validez del balan-
ce del Contrato, el cual mantendrá su validez y aplicación
en función de sus disposiciones. Este Contrato única-
mente puede modificarlo por escrito un representante
autorizado de Nokia.
Este documento constituye el contrato íntegro estable-
cido entre Nokia y Usted con relación al Software, y pre-
valece sobre cualquier anterior declaración, reunión,
compromiso, contrato de usuario, comunicación o anun-
cio relativo al Software.
ES 7

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