ART.1 - USO:
PERGOTENDA 100 (marca registrada) es una pérgola de madera
laminada, dotada de toldo corredero, para la cobertura de áreas
exteriores como jardines, balcones, áticos, patios, etc.
PERGOTENDA 100 y los componentes en su conjunto están
proyectados y patentados por Corradi S. p. A., con sede en Bolonia,
Italia, y están realizados en observancia de las normas técnicas de
referencia aplicables.
Las garantías especificadas a continuación son válidas si la
colocación y el uso del toldo responden a las características
indicadas en los siguientes artículos y tablas. Para la construcción
de los componentes de PERGOTENDA 100 se utilizan materiales de
primera calidad, aptos para el uso en ambientes exteriores.
PERGOTENDA 100 está proyectada y construida a medida para el
comitente, con el objetivo de proteger del sol y de las
precipitaciones, con resistencia a bolsas de agua de clase superior
a 2 (56 l/hora x m²), según EN 13561, excepto la carga de nieve, y
con resistencia al viento clase 3 (49 km/h) según EN 13561.
PERGOTENDA 100 puede ser utilizada en caso de vientos hasta el
grado 6 de la escala Beaufort, según lo indicado en la tabla 1.
ART. 2 - COLOCACIÓN:
PERGOTENDA 100 se debe fijar siempre a cimientos adecuados; es
necesario respetar todas las condiciones indicadas en las tablas 2
(Carga máxima), 3 (Dimensiones máximas ) y 4 (Clase de riesgo
madera).
El revendedor deberá entregar el "Manual del Usuario", con la
correspondiente declaración de conformidad.
ART. 3 - VALIDEZ DE LA GARANTÍA:
La garantía es válida sólo si se cumplen las condiciones de
instalación y uso indicadas en el Art. 2:
La garantía comporta la reparación o la sustitución integral gratuita
de todos los componentes que resulten no conformes o
defectuosos, incluidos los gastos de transporte. La garantía no
cubre los daños derivados de la imposibilidad de utilizar
PERGOTENDA 100 antes y durante la reparación.
Ninguna indemnización puede ser requerida por "daños
emergentes" o "lucro cesante".
Las garantías antedichas son eficaces únicamente en el país en que
el revendedor o concesionario tiene su sede operativa.
3 - 04.2011
ART. 4 - VALIDEZ DE LA GARANTÍA:
La garantía es válida si se respetan las condiciones de instalación y
uso indicadas en el Art. 3.
La garantía comporta la reparación o la sustitución integral
gratuita (mano de obra excluida) de todos los componentes que
resulten no conformes o defectuosos, incluidos los gastos de
transporte. La garantía no cubre los daños derivados de la
imposibilidad de utilizar PERGOTENDA antes y durante la
reparación.
Ninguna indemnización puede ser requerida por "daños
emergentes" o "lucro cesante".
Las garantías antedichas son eficaces únicamente en el país en
que el revendedor o concesionario tiene su sede operativa.
ART. 5 - DURACIÓN DE LA GARANTÍA:
La garantía de correcto funcionamiento tiene vigencia a partir de
la fecha de terminación de los trabajos, con la entrega del Manual
del Usuario y, en todo caso, a partir de la fecha de recepción por
parte de Corradi Spa de una copia de la declaración de correcta
instalación, completa en todas sus partes y firmada por el
comprador final y por el revendedor autorizado.
ART. 6 - EXCLUSIONES DE LA GARANTÍA :
La garantía no es válida en los casos que se enumeran a
continuación (a título enunciativo y no limitativo):
a) por daños derivados de golpes o causas naturales
extraordinarias (rayos, inundaciones, terremotos, etc.);
b) por daños causados por la intervención de personas o técnicos
no autorizados por Corradi Spa;
c) Si la tensión eléctrica tiene una variación superior o inferior al 5%
del valor nominal (norma CEI 2-3 - julio de 1988)
ART. 7 - DURACIÓN DE LA GARANTÍA:
10 (diez) AÑOS:
Vigas de madera, jardineras y celosías. Se recomienda limpiar las
partes de madera con agua y cepillo, aplicando un impregnante al
agua cada 2-3 años.
5 (cinco) AÑOS:
Para el sistema de movimiento y el tejido ECLISSI (con exclusión de
los tejidos CRISTAL y VINITEX).
2 (dos) AÑOS:
Tejido CRISTAL y VINITEX, para la realización de eventuales cierres
perimétricos (lonas enrollables, lonas correderas, con cremalleras,
CORRADI S.P.A. - MANUAL DEL USUARIO - PERGOTENDA 100
GARANTIA
etc.); su resistencia al viento depende de la solución adoptada
y es certificada, a petición, para cada trabajo.
ART. 8 - RECLAMACIONES
En base al Art. 1495, apartado 1, y 1511, apartado 1, del Código
Civil, cualquier eventual y presunto defecto aparente de la
mercancía podrá ser comunicado por el cliente al revendedor
únicamente en forma escrita y en el plazo de 8 (ocho) días a
partir de la recepción de la mercancía. En base al Art. 1495,
apartado 1, del Código Civil, cualquier eventual y presunto
defecto no aparente de la mercancía podrá ser comunicado
por el cliente al revendedor únicamente en forma escrita y en
el plazo de 8 (ocho) días a partir de la fecha de su
descubrimiento, enviando prueba fotográfica del presunto
defecto. Ambas acciones legales del comprador contra el
revendedor prescriben en el plazo de un año a partir de la
recepción/instalación de la mercancía (Art. 1495, apartado 2).
En base al Art. 1512 del Código Civil, cualquier eventual y
presunto defecto de funcionamiento podrá ser comunicado
en forma escrita por el cliente al revendedor únicamente en
forma escrita y en el plazo de 15 (quince) días a partir de su
descubrimiento, bajo pena de caducidad de la garantía. La
acción legal del comprador contra el revendedor prescribe en
el plazo de seis meses a partir de su descubrimiento (Art. 1512,
apartado 1).
Cualquier eventual y presunta no-conformidad disciplinada
por los artículos del 128 al 1134 del Decreto Legislativo
206/2005 (Código del Consumo) podrá ser comunicada por el
cliente al revendedor únicamente en forma escrita y en el
plazo de 2 (dos) meses a partir de la fecha de su
descubrimiento. La acción legal del comprador contra el
revendedor prescribe en el plazo de 26 meses a partir de la
fecha del descubrimiento denunciado en los plazos previstos
(Art. 132, apartado 4, Código del Consumo)
ART. 9 - EXTENSIÓN TERRITORIAL DE LA GARANTÍA
Las garantías indicadas son eficaces exclusivamente en el
estado en que el cliente tiene su sede legal, quedando
excluido cualquier otro estado en el que el cliente —directa o
indirectamente— venda, instale o conceda en comodato el
toldo suministrado por Corradi.
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