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Bluetooth). La siguiente información se aplica a productos con dichos
dispositivos.
Unión Europea (UE)
Este dispositivo cumple con los requisitos esenciales de las Directivas del Consejo
Europeo enumeradas a continuación:
Directiva 73/23/CEE sobre baja tensión
EN 60950-1
•
Directiva 89/336/CEE sobre compatibilidad electromagnética (EMC)
•
EN 55022
•
EN 55024
EN 61000-3-2/-3
•
Directiva 99/5/CE sobre equipos de terminales de radio y telecomunicaciones
(R&TTE)
Art.3.1a) EN 60950-1
•
Art.3.1b) EN 301 489 -1/-17
•
Art.3.2) EN 300 328-2
•
Art.3.2) EN 301 893 *aplicable sólo a 5 GHz
•
Lista de países aplicables
Los países miembros de la UE en mayo de 2004 son: Bélgica, Dinamarca,
Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos,
Austria, Portugal, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Estonia, Letonia, Lituania,
Polonia, Hungría, República Checa, República Eslovaca, Eslovenia, Chipre y
Malta. Además de los países de la Unión Europea, también se permite el uso en
Noruega, Suiza, Islandia y Liechtenstein. Este dispositivo debe utilizarse de
acuerdo con las reglamentaciones y restricciones del país de uso. Para más
información, póngase en contacto con el organismo regulador del país de uso.
Requisito de seguridad RF de la FCC
La potencia radiada por el módulo de tarjeta LAN inalámbrica está muy por
abajo de los límites de exposición a radiofrecuencias de la FCC. Sin embargo, el
ordenador se debe utilizar de modo que se reduzca el potencial de contacto
humano durante el funcionamiento normal, del modo descrito a continuación:
1
Este dispositivo está restringido para su uso en interiores debido a su
funcionamiento dentro del rango de frecuencia de 5,15 a 5,25 GHz. La FCC
Apéndice A: Avisos de seguridad y normas