Apéndice D - Licencia pública general GNU
Se denomina "conjunto" a la compilación de un trabajo amparado con otros trabajos diferentes e independientes que, por su naturaleza, no sean extensiones
del trabajo amparado ni se combinen con el mismo para formar un programa más grande en un volumen de un medio de distribución o almacenamiento, si
la compilación y el copyright consiguiente no se utilizan para restringir el acceso o los derechos legales de los usuarios de la compilación más allá de lo que
permitan los trabajos individuales. La inclusión de un trabajo amparado en un conjunto no implica que esta Licencia se aplique a las otras partes del conjunto.
6..Transmisión.de.formatos.que.no.son.códigos.fuente.
Puede transmitir un trabajo amparado en formato de código objeto conforme a los términos de las secciones 4 y 5, siempre y cuando también transmita la
Fuente correspondiente legible por máquina conforme a los términos de esta Licencia, de alguna de las siguientes maneras:
a) Transmisión del código objeto dentro de un producto físico (incluidos medios físicos de distribución) o incorporado a éste, acompañado de
la Fuente correspondiente en un medio físico duradero habitual para el intercambio de software.
b) Transmisión del código objeto dentro de un producto físico (incluidos medios físicos de distribución) o incorporado a éste, acompañado de
una oferta escrita, que sea válida por un plazo mínimo de tres años y por el tiempo que usted ofrezca repuestos o asistencia técnica para ese
modelo del producto, para proporcionarle a cualquier persona que posea el código objeto (1) una copia de la Fuente correspondiente para
todo el software del producto que esté amparado por esta Licencia, en un medio físico duradero habitual para el intercambio de software,
a cambio de un precio que no exceda el coste razonable de la acción física de transmitir esta fuente, o (2) acceso para la copia de la Fuente
correspondiente desde un servidor de red sin coste alguno.
c) Transmisión de copias individuales del código objeto junto con una copia de la oferta escrita para proporcionar la Fuente correspondiente.
Esta opción se permite únicamente de forma ocasional y para fines no comerciales, y solo si usted ha recibido el código objeto con una oferta
de esta naturaleza, conforme a la subsección 6b.
d) Transmisión del código objeto ofreciendo acceso desde un lugar determinado (en forma gratuita u onerosa) y ofreciendo un acceso
equivalente a la Fuente correspondiente del mismo modo y desde el mismo lugar sin coste adicional. No es necesario que les exija a los
destinatarios que copien la Fuente correspondiente junto con el código objeto. Si el lugar ofrecido para copiar el código objeto fuera un
servidor de red, la Fuente correspondiente podrá estar en un servidor diferente (operado por usted o un tercero) que ofrezca posibilidades
de copiado equivalentes, siempre y cuando se incluyan, junto al código objeto, instrucciones claras para localizar la Fuente correspondiente.
Independientemente de qué servidor albergue la Fuente correspondiente, usted mantiene la obligación de asegurarse de que el mismo esté
disponible por el tiempo que sea necesario para satisfacer estos requerimientos.
e) Transmisión del código objeto mediante transferencia de igual a igual, siempre y cuando informe a los usuarios la ubicación del código
objeto y la Fuente correspondiente del trabajo para el público en general sin coste alguno conforme a la subsección 6d.
No se necesita incluir una parte separable del código objeto, cuyo código fuente esté excluido de la Fuente correspondiente como una biblioteca de
sistemas, para transmitir el código objeto del trabajo.
Manual del usuario de D-Link DIR-825
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