Manual de Instrucciones JM2580 PD
CERTIFICADO DE GARANTÍA
1. JUSTINO DE MORAIS, IRMÃOS S/A - JUMIL garantiza que los
implementos agrícolas y respectivas piezas de su fabricación, aquí
denominados simplemente PRODUCTO, están libres de defectos tanto en
su construcción como en la calidad del material.
2. Las cuestiones relativas a la concesión de la Garantía serán
reguladas según los siguientes principios:
2.1. La Garantía que consta en este Certificado será válida:
a) por el plazo de 6 (seis) meses, contado a partir de la fecha de la
efectiva entrega del PRODUCTO al consumidor agropecuario;
b) solamente para el PRODUCTO que es adquirido, nuevo, por el
consumidor agropecuario, directamente del Revendedor o de JUMIL,
exceptuando lo dispuesto en el ítem 2.3.
2.2. Exceptuando la hipótesis del subítem siguiente, la Garantía al
consumidor agropecuario será prestada por intermedio del Revendedor de
JUMIL.
2.3. Si el PRODUCTO es vendido al consumidor agropecuario por un
revendedor que no sea Revendedor de JUMIL, el derecho a la Garantía
subsistirá, debiendo, en este caso, ser ejercido directamente ante JUMIL,
en los términos de este Certificado.
2.4. La Garantía no será concedida si cualquier daño en el
PRODUCTO o en su desempeño es causado por:
a) negligencia, imprudencia o inexperiencia de su operador;
b) incumplimiento de las instrucciones y recomendaciones de uso y
cuidados de mantenimiento, contenidos en el Manual de Instrucciones.
2.5. Igualmente, la Garantía no será concedida si el PRODUCTO,
después la venta, venga a sufrir cualquier transformación o modificación, o
si es alterada la finalidad a la que se destina el PRODUCTO.
2.6. El PRODUCTO cambiado o sustituido comprendido en esta
Garantía será de propiedad de JUMIL, debiendo entregarse después de
cumplidas las exigencias legales aplicables.
2.7. En cumplimiento de su política de constante evolución, JUMIL
somete, permanentemente, sus productos a mejoras o modificaciones, sin
que eso constituya obligación para JUMIL de hacer lo mismo en productos
o modelos anteriormente vendidos.
2.8. JUMIL no será responsable por indemnización de cualquier
perjuicio de cosecha originado de la regulación inadecuada de dispositivos
del producto, relativos a la distribución de semilla o de abono.
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