Sección 8: GuÌas para la Localización de
La experiencia ha mostrado que todos los fuegos hos-
tiles en unidades residenciales generan humo en una
mayor o menor cantidad. Los experimentos que usan
los fuegos típicos en unidades residenciales indican que
las cantidades perceptibles de humo preceden niveles
perceptibles del calor en la mayoría de los casos. En
casas existentes, NFPA Standard 72 requiere que los
detectores de humos se deben instalar afuera de cada
área de dormir y en cada nivel adicional de la vivienda.
La información siguiente es una guía general sola-
mente y se recomienda que consulte NFPA Standard 72
(National Fire Protection Association, One Batterymarch
Park, Quincy MA 02269) y que la literatura del fabri-
cante del detector de humo se debe consultar para las
instrucciones más detalladas de instalación.
Los detectores de humo adicionales más de los requeri-
dos se deben instalar para una mayor protección. Las
áreas agregadas incluyen: sótano, dormitorios, come-
dor, cuarto del calentador, cuarto de utilería y vestíbu-
los no protegidos por los detectores requeridos.
En cielos rasos lisos, los detectores pueden ser espacia-
dos 9,1 metros (30 pies) como una guía. Otras separa-
ciones pueden ser requeridas dependiendo de la altura
del cielo raso, movimiento de aire, la presencia de
vigas, cielo rasos sin aislamiento, etc. Consulte National
Fire Alarm Code NFPA 72, CAN/ULS-S553-M86 y otras
normas nacionales apropiadas para las recomenda-
ciones de la instalación.
No coloque los detectores de humo en la parte alta del
cielo raso o tejado; el espacio de aire muerto en estas
ubicaciones puede evitar que la unidad detecte el
humo.
Evite áreas con corriente de turbulencia de aire, como
cerca a puertas, ventiladores o ventanas. El movimiento
rápido de aire al rededor del detector puede evitar que
el humo entre a la unidad.
No coloque detectores en áreas de alta humedad.
No coloque los detectores en áreas donde las temper-
aturas aumentan por encima de 38°C (100°F) o se
reduzca a menos de 5°C (41°F).
Detectores de humo deben ser siempre instalados de
acuerdo con NFPA 72, National Fire Alarm Code. Los
detectores de humo deben siempre ser localizados en
acuerdo con:
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Detectores de Humo
•
Párrafo 2-2.1.1.1. de NFPA72, Capitulo 2: "Detec-
tores de humo deben ser instalados afuera de cada
área de dormir y cerca de los cuartos de dormir y en
cada piso adicional de la vivienda, incluyendo
sótanos y excluyendo espacios de utilidad y áticos
sin terminar. En construcciones nuevas, un detector
de humo debe ser instalado en cada cuarto de
dormir".
•
Párrafo 2-2.1.1.2 de NFPA 72, Capitulo 2: "Arreglo
de dos niveles. Los detectores de humo son
requeridos donde son mostrados. Los detectores de
humo son opcionales donde una puerta no está
provista entre la sala y el cuarto de recreación".
Dormitorio
Dormitorio
Dormitorio
Cocina
Sala
Figura 1
Dormitorio
Dormitorio
Comedor
Sala
Sótano
Figura 3
Alarmas de Humo para
una protección mínima
Alarmas de Humo para
una mejor protección
Salón familiar
Dormitorio
Comedor
Sala
Cocina
Dormitorio
Dormitorio
Figura 2
Dormitorio
Dormitorio
Opcional
Sala
Cuarto de Esparcimiento
Sótano
Arreglo de Dos Niveles
Alarmas de Humo para
Alarmas de Humo para
una protección mínima
una mejor protección
Figura 3A
4 pulgadas
(0.1m)
Cielo raso
4pulgadas
(0.1m)
Posición
máxima
aceptable
NUNCA
AQUI
12 pulgadas
Parte alta del
detector se
acepta aqui
NOTA: Las medidas mostradas
están en el borde de más
cercano a el detector
Pared
Figura 4
(0.3m)
máxima