13. La presente garantía perderá validez en caso de averías producidas por causa de fuerza mayor
(fenómenos atmosféricos, geológicos, incendios...) o derivados de una instalación incorrecta o no
reglamentaria del aparato (tensión de conexión, fluctuaciones del suministro eléctrico, conexión
eléctrica no acorde con las instrucciones...) o por manipulación de la placa de características o de los
datos incluidos en el presente certificado.
23.2
Derechos que la ley concede al consumidor ante la falta de conformidad con el
contrato
1. El fabricante responde ante el consumidor de cualquier falta de conformidad con el contrato de venta
que exista en el momento de la entrega del producto. El producto es conforme al contrato siempre que
cumpla todos los requisitos siguientes:
a) si se ajusta a la descripción realizada por el fabricante y posee las cualidades presentadas
por éste en forma de muestra o modelo.
b) si es apto para los usos a que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo.
c) si es apto para cualquier uso especial cuando requerido por el consumidor al efecto, el
fabricante haya admitido que el producto es apto para el uso especial.
d) si presenta la calidad y prestaciones habituales de un producto del mismo tipo que el
consumidor pueda fundamentadamente esperar.
La falta de conformidad que resulte de una incorrecta instalación del bien, se equipara a la falta de
conformidad del bien cuando la instalación esté incluida en el contrato de venta y la realice el
fabricante o se haga bajo su responsabilidad, o, cuando realizada por el consumidor, la instalación
defectuosa se deba a un error en las instrucciones de instalación.
2. El fabricante responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en el producto durante el
plazo de un año contado desde el momento de la entrega, la cual se considera realizada el día que
figure en la factura, en el ticket de compra o en el albarán de entrega correspondiente, si este fuera
posterior.
Durante los primeros seis meses se supone que las faltas de conformidad existían en el momento de la
venta y durante el periodo restante, el consumidor las deberá probar. El consumidor deberá informar al
distribuidor del producto de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo
conocimiento de ella. Cuando al consumidor le resulte imposible por extinción de la empresa
distribuidora o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor del producto por la falta de
conformidad de los bienes con el contrato de venta, podrá reclamar directamente al fabricante, con el
fin de obtener la sustitución o reparación del bien.
3. Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la
reparación o la sustitución del producto salvo que una de estas opciones resulte imposible o
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