1. INSTALACIÓN DE DETECTORES DE MONÓXIDO DE
CARBONO. En el momento de la instalación del equipo de
ventilación horizontal de pared lateral alimentado con gas,
el plomero o instalador de gas observará que en el nivel
del suelo donde se vaya a instalar el equipo de gas hay
instalado un detector de monóxido de carbono cableado
con alarma y batería de reserva. Además, el plomero
o instalador de gas deberá observar que en cada nivel
adicional de la vivienda, edificio o estructura servida por el
equipo de ventilación horizontal de pared lateral alimentado
con gas se instala un detector de monóxido de carbono a
batería o cableado con una alarma. Será responsabilidad
del dueño de la propiedad asegurar los servicios de
profesionales calificados con licencia para la instalación de
detectores de monóxido de carbono con alambre duro.
a.
En el caso de que el equipo de ventilación horizontal
de la pared lateral alimentado con gas se instale
en un hueco sanitario o en un ático, el detector de
monóxido de carbono cableafo con alarma y batería
de reserva puede instalarse en el siguiente nivel del
piso adyacente.
b.
En caso de que los requisitos de esta subdivisión
no puedan cumplirse al momento de completarse la
instalación, el propietario tendrá un período de treinta
(30) días para cumplir con los requisitos anteriores;
sin embargo, durante dicho período de treinta
(30) días, se instalará un detector de monóxido de
carbono a batería con alarma.
2. DETECTORES DE MONÓXIDO DE CARBONO
APROBADOS. Cada detector de monóxido de carbono,
según se requiere de acuerdo con las disposiciones
anteriores, deberá cumplir con NFPA 720 y figurar en ANSI/
UL 2034 y certificado por IAS.
3. FIRMA. Se deberá montar permanentemente una placa de
identificación de metal o plástico en el exterior del edificio a
una altura mínima de ocho (8) pies sobre el nivel del suelo,
directamente en línea con el terminal de los orificios de
ventilación para el aparato o equipo de calefacción de gas
con ventilación horizontal. El letrero debe decir, en tamaño
de impresión no menos de media (1/2) pulgada de tamaño,
"SALIDA DE GAS JUSTO DEBAJO. MANTÉNGASE
ALEJADO DE TODAS LAS OBSTRUCCIONES" (GAS
VENT DIRECTLY BELOW. KEEP CLEAR OF ALL
OBSTRUCTIONS)
4. INSPECCIÓN. El inspector de gas estatal o local de
los equipos de ventilación horizontal de pared lateral
alimentados con gas no aprobará la instalación a menos
que, después de la inspección, el inspector observe los
detectores de monóxido de carbono y la señalización
instalados de acuerdo con las disposiciones de 248 CMR
5.08(2)(a)1 a 4.
e
xencIones
Los siguientes equipos están exentos de 248 CMR 5.08(2)(a)1 a
4:
1. El equipo indicado en el Capítulo 10 titulado "Equipo que no
requiere ventilación" en la edición más reciente de NFPA 54
adoptada por la Junta; y
2. El equipo aprobado de ventilación horizontal de pared
lateral alimentado con gas, instalado en una habitación o
estructura separada de la vivienda, edificio o estructura
utilizada en su totalidad o en parte para fines residenciales.
c.
REQUISITOS DEL FABRICANTE - SISTEMA
DE VENTILACIÓN DEL EQUIPO DE GAS
PROPORCIONADO. Si el fabricante de un equipo
aprobado de ventilación horizontal de pared lateral
alimentado con gas proporciona un diseño de
sistema de ventilación o componentes de sistema
de ventilación con el equipo, las instrucciones
proporcionadas por el fabricante para la instalación
del equipo y el sistema de ventilación deberán incluir:
1. Instrucciones detalladas para la instalación del diseño del
sistema de ventilación o de los componentes del sistema de
ventilación; y
2. Una lista completa de piezas para el diseño del sistema de
ventilación o el sistema de ventilación.
d.
REQUISITOS DEL FABRICANTE - SISTEMA
DE VENTILACIÓN DEL EQUIPO DE GAS NO
SUMINISTRADO. Si el fabricante de un equipo
aprobado de ventilación horizontal de pared lateral
alimentado con gas no proporciona las piezas para
la ventilación de los gases de combustión, pero
identifica los "sistemas especiales de ventilación",
el fabricante deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
1. Las instrucciones relativas al "sistema especial de
ventilación " se incluirán en las instrucciones de instalación
del aparato o equipo; y
2. Los "sistemas especiales de ventilación" deberán ser
productos aprobados por la Junta, y las instrucciones
para ese sistema deberán incluir una lista de piezas e
instrucciones detalladas de instalación.
e.
Al finalizar la instalación, el aparato o equipo deberá
conservar una copia de todas las instrucciones
de instalación de todos los equipos aprobados de
ventilación horizontal de pared lateral alimentado
con gas, todas las instrucciones de ventilación,
todas las listas de piezas para las instrucciones de
ventilación y/o todas las instrucciones de diseño de
la ventilación.
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