Prueba de seguridad técnica
Prueba de seguridad técnica
La base para la realización es la BGR 500 (reglas de prevención de acidentes de la mutua alemana de accidentes
profisionales).
Según las disposiciones de seguridad de servicio, el usuario/patrón está obligado a determinar el volumen y los
términos de las pruebas necesarias.
Es necesario comprobar el estado técnico de la excavadora mínimo una vez al año. Estas pruebas debe efec-
tuarlas una persona especialmente formada y calificada (perito u otro especialista). Además, si la excavadora fue
sometida a modificaciones sustanciales, también es necesario realizar esta comprobación mediante un perito u
otro especialista antes de la nueva puesta en funcionamiento.
La persona especialmente formada debe ser capaz de poder dictaminar sobre el estado funcional seguro de esta
excavadora, en virtud de su formación profesional específica y experiencia en el ramo de la técnica de excava-
doras y sus conocimientos suficientes sobre la legislación laboral de protección al trabajador, de las prescripcio-
nes de prevención de accidentes y de las normas y reglas de seguridad técnica generalmente reconocidas.
Esta persona deberá también emitir su valoración y dictamen sin dejarse influenciar por circunstancias personales
o peculiares y económicas de la empresa y sólo considerar la seguridad del trabajo como punto de referencia. En
esta prueba de seguridad técnica se debe hacer una prueba visual y de funcionabilidad de la excavadora, inclu-
yendo la valoración del estado y de la integridad de todos los componentes, así como de la efectividad de los
dispositivos de seguridad.
Los resultados se deben anotar en un certificado de prueba escrito con al menos las siguientes indicaciones:
Fecha y alcance de las pruebas con indicación de pruebas parciales aun no realizadas.
Resultados de las pruebas con indicación de los defectos verificados.
Valoraciones eventualmente opuestas a una nueva puesta en funcionamiento o a la continuación de la utili-
zación.
Indicaciones sobre revisiones ulteriores aun necesarias.
Nombre, señas y firma del perito o especialista.
El usuario/patrón (empresario) o su representante es responsable de la observación de los plazos de las pruebas
de seguridad técnica. El usuario/patrón deber confirmar en los resultados de las pruebas por escrito y con indica-
ción de la fecha la aceptación y la reparación subsiguiente de los defectos verificados.
Conservar el certificado de prueba al menos hasta la próxima fecha de prueba.
129