of the conveyor concerned and shall not depend on the stopping
of any other equipment. The emergency stop devices shall be
installed so that they cannot be overridden from other locations.
D) Inactive and unused actuators, controllers, and wiring should
be removed from control stations and panel boards, together
with obsolete diagrams, indicators, control labels, and other
material which serve to confuse the operator.
SAFETY DEVICES
A) All safety devices, including wiring of electrical safety devices,
shall be arranged to operate in a "Fail-Safe" manner, that is, if
power failure or failure of the device itself would occur, a
hazardous condition must not result.
B) Emergency Stops and Restarts. Conveyor controls shall be so
arranged that, in case of emergency stop, manual reset or start at
the location where the emergency stop was initiated, shall be
required of the conveyor(s) and associated equipment to resume
operation.
C) Before restarting a conveyor which has been stopped
because of an emergency, an inspection of the conveyor shall be
made and the cause of the stoppage determined. The starting
device shall be locked out before any attempt is made to remove
the cause of stoppage, unless operation is necessary to
determine the cause or to safely remove the stoppage.
Refer to ANSI Z244.1-1982, American National Standard for
Personnel Protection – Lockout/Tagout of Energy Sources –
Minimum Safety Requirements and OSHA Standard Number 29
CFR
1910.147
"The
Control
(Lockout/Tagout)."
of
Hazardous
Energy
de límite o dispositivos similares para paradas de emergencia.
Todos estos dispositivos de parada de emergencia deberán ser
fácilmente identificables en las cercanías inmediatas a estos puntos
potencialmente peligrosos, a no ser que estén protegidos dada su
ubicación, posición o protegidos con guardas. Donde el diseño, el
funcionamiento, y la operación de tales transportadores no represente
un claro peligro para el personal, no se requieren los dispositivos de
parada de emergencia.
El dispositivo de parada de emergencia deberá actuar directamente
en el control del transportador concerniente y no deberá depender de
la parada de cualquier otro equipo. Los dispositivos de parada de
emergencia deberán ser instalados de tal forma que no puedan ser
anulados desde otras localidades.
D) Los dispositivos, controles desactivados o en desuso y las conexiones,
deberán ser removidos de las estaciones de control y de los tableros de
mando, junto con los diagramas, indicadores, etiquetas de control y otros
materiales obsoletos, los cuales se prestan para confundir al operador.
DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD
A) Todos los dispositivos de seguridad, incluyendo la conexión de
dispositivos eléctricos, deben ser dispuestos para operar en una manera
de "autoprotección"; es decir, si se presenta una pérdida de corriente o
un fallo en el mismo dispositivo, no debe presentarse una situación
peligrosa.
B) Paradas de Emergencia y Reactivadores. Los controles del
transportador deberán estar dispuestos de tal manera que en caso de
una parada de emergencia, se requiera un activador o arrancador
manual en la ubicación donde la parada de emergencia se presenta
para reanudar la operación del transportador o transportadores y el
equipo asociado.
C) Antes de reiniciar un transportador que ha sido detenido por una
emergencia, debe revisarse y determinar la causa de la parada. El
dispositivo de arranque deberá ser bloqueado antes de intentar corregir
el problema, a no ser que la operación del transportador sea necesaria
para determinar la causa o para solucionar el problema de la parada
sin ningún peligro.
Refiérase a ANSI Z244.1-1982, "American National Standard for
Personnel Protection" - Lockout/Tagout of Energy Sources - Minimum
Safety Requirements and OSHA Standard Number 29 CFR 1910.147
"The Control of Hazardous Energy (Lockout/Tagout)."
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