E168583
Como resultado de las diferencias en
dimensiones indicadas arriba, los vehículos
utilitarios deportivos y las camionetas
generalmente tienen un centro de
gravedad superior y una mayor diferencia
en el centro de gravedad entre las
condiciones con carga y sin carga. Estas
diferencias que hacen que su vehículo sea
tan versátil también provocan que se
maniobre en forma diferente a otros
vehículos comunes de pasajeros.
ATENCIÓN
El inflado insuficiente es la causa mas
común de fallas en las llantas y puede
tener como consecuencia un
agretamiento severo de la llanta, la
separación de la banda de rodamiento o
"pinchazo", con la perdida inesperada del
control del vehículo y un mayor riesgo de
lesiones. El inflado insuficiente aumenta la
deformación del costado y la resistencia del
rodamiento, teniendo como consecuencia la
acumulación de calor y daño interno a la
llanta. Una llanta puede perder hasta la
mitad de presión de aire sin verse desinflada.
Ruedas y llantas
CUIDADO DE LAS LLANTAS
Información acerca de la
clasificación uniforme de la
calidad de las llantas
E142542
Los grados de calidad de las llantas se
aplican a las llantas neumáticas nuevas
para automóviles de pasajeros. La
información acerca de los grados de
calidad de las llantas se puede encontrar,
si corresponde, en el flanco de las llantas
entre el hombro de la banda de rodadura
y la sección de ancho máximo. Por
ejemplo: Treadwear 200, Traction AA,
Temperature A.
Estos grados de calidad de las llantas se
determinan según normas establecidas
por el Departamento de Transporte de los
Estados Unidos.
Los grados de calidad de las llantas se
aplican a las llantas neumáticas nuevas
para automóviles de pasajeros. No se
aplican a las llantas para nieve de banda
de rodadura profunda, las llantas de
refacción economizadoras de espacio o
para uso provisional, las llantas para
camiones ligeros o del tipo LT, las llantas
de diámetros nominales (rin) de 10 a 12
pulgadas o las llantas de producción
limitada, en conformidad con lo
establecido en el Capítulo 49 del Código
de Reglamentos Federales, Parte 575.104
(c)(2).
351