Trabajar con el equipo
Preparar la prueba de faros
7.2.4 Medidas de regulación y tolerancias
Imagen 5
e =
Medida de ajuste en cm de la inclinación necesaria del límite vertical claro/oscuro a 10 m.
H = Altura del punto central del faro sobre la plano de apoyo en cm.
h =
Altura en cm del trazo de separación del plano de control sobre el plano de apoyo.
Esta altura define la altura de regulación del límite claro/oscuro para la luz de cruce y para el faro antiniebla.
Tipo de vehículo
1
Vehículos cuyos faros están
homologados conforme a EG/ECE.
2
Otros vehículos — altura del centro del
faro sobre la superficie de colocación
(H) ≤ 140 cm
a) Turismos – utilitarios y microcoches
Distancia entre ejes < 2,5 m
b) Turismos, turismos familiares
c) Vehículos con regulación de nivel o
compensación automática de la
inclinación del haz luminoso
d) Tractores y máquinas de trabajo de
varios ejes
e) Vehículos de un eje y vehículos de
varios ejes con un faro
f) Camiones con superficie de carga
situada delante
f) Camiones con
superficie de carga
situada detrás
34
Medida de ajuste de faro "e"
Vehículos según
N.º 1 y 2 — [%]
N.º 3 y 4 — [cm]
Faros de luz
corta y faros
de
luz larga
medida de
ajuste
indicada en el
vehículo
1,2
1,2
1,0
excepto
vehículos
3,0
según n.º 2c
Tolerancias
Vehículos según
N.º 1 y 2 — [%]
N.º 3 y 4 — [cm]
Desviación permitida de la medida
de ajuste del faro
Faros
hacia
hacia
antiniebla
arriba
abajo
medida de
ajuste
Tolerancias como en el n.º 2
indicada en el
vehículo
2,0
0,2
2,0
0,5
2,0
4,0
1,0
SEG V
hacia
hacia
la
la
iz-
dere-
quie-
cha
rda
0,8
0,5
0,5
0,5