Para garantizar un funcionamiento apropiado de la unidad
en aplicaciones de ventilación indirecta, se debe suministrar
aire de combustión y ventilación de acuerdo con el Código
nacional de gas combustible o la norma CSA-B149 actual.
Ubicaciones de instalación
Este calefactor está certifi cado por CSA International para
espaciamientos de instalación a materiales combustibles tal
como se indica en la placa de identifi cación de la unidad y
en la tabla en la Figura 12. Los espaciamientos de acceso
y servicio deben tener prioridad sobre los espaciamientos de
protección contra incendios.
NOTA – Para la instalación sobre pisos combustibles, el
calefactor no debe instalarse directamente sobre alfombra,
baldosa u otro material combustible salvo por el piso de
madera.
Para instalación en un garaje residencial, el calefactor debe
instalarse de manera que los quemadores y la fuente de
encendido estén situados al menos 18 pulgadas (457 mm)
sobre el piso. El calefactor debe situarse o protegerse para
evitar los daños físicos causados por vehículos. Cuando un
calefactor se instala en un garaje público, cobertizo u otro
edifi cio que contiene una atmósfera peligrosa, el calefactor
debe instalarse de acuerdo con los requisitos recomendados
de práctica apropiada y del Código nacional de gas combustible
actual o las normas CSA B149.
NOTA – El calefactor debe ajustarse para producir un aumento
de temperatura dentro del rango especifi cado en la placa de
identifi cación de la unidad. De lo contrario, el funcionamiento
podría tener límites irregulares y producir la falla prematura del
intercambiador de calor.
Este calefactor ML296UHV se debe instalar de manera que
sus componentes eléctricos estén protegidos contra el agua.
Instalación en combinación con un serpentín de
enfriamiento
Cuando este calefactor se utiliza con serpentines de
enfriamiento (Figura 3), debe instalarse en paralelo o en el
lado de salida de los serpentines para evitar condensación en
el compartimento de calefacción. Con una disposición de fl ujo
paralelo, un regulador de tiro (u otro medio para controlar el
fl ujo de aire) debe evitar adecuadamente la entrada de aire
enfriado al calefactor. Si el regulador de tiro es de operación
manual, debe estar equipado para impedir la operación ya sea
de la unidad de calefacción o enfriamiento, a menos que esté
en la posición de CALEFACCIÓN o ENFRIAMIENTO pleno.
Una vez instalado, este calefactor debe estar puesto a tierra
eléctricamente de acuerdo con los códigos locales. Además,
en los Estados Unidos, la instalación debe cumplir con el
Código Eléctrico Nacional, ANSI/NFPA Núm. 70 actual. El
Código Eléctrico Nacional (ANSI/NFPA Núm. 70) puede
obtenerse en la siguiente dirección:
National Fire Protection Association
1 Battery March Park
Quincy, MA 02269
En Canadá, todo el cableado eléctrico y la puesta a tierra
de la unidad se deben instalar de conformidad con las
reglamentaciones actuales del Código eléctrico canadiense
Parte I (CSA Norma C22.1) y/o los códigos locales.
NOTA – Este calefactor está diseñado para una temperatura
mínima continua del aire de retorno de 60 °F (16 °C) o una
operación intermitente a una temperatura mínima de 55 °F
(13 °C) de bulbo seco para casos en que se usa un termostato
de disminución de la temperatura en la noche. La temperatura
del aire de retorno no debe exceder 85 °F (29 °C) de bulbo
seco.
El calefactor ML296UHV se puede instalar en alcobas, clósets,
áticos, sótanos, garajes, espacio entre plantas y lavaderos en
posición de fl ujo ascendente u horizontal.
Este diseño de calefactor no ha sido certifi cado por CSA para
instalación en casas rodantes, vehículos recreativos o áreas
exteriores.
Uso del calefactor como calentador de construcción
Las unidades pueden usarse para el calentamiento de edifi cios
o estructuras en construcción si se cumplen las siguientes
condiciones para garantizar un funcionamiento apropiado:
NO USAR LA UNIDAD COMO CALENTADOR DE
CONSTRUCCIÓN A MENOS QUE SE CUMPLAN TODOS
LOS CRITERIOS SIGUIENTES:
•
El calefactor debe estar en su ubicación fi nal. El sistema
de ventilación debe estar instalado en forma permanente
según estas instrucciones de instalación.
•
El calefactor se debe instalar como sistema de dos
tuberías y se debe suministrar cien por ciento (100%)
de aire exterior para los requisitos de aire de combustión
durante la construcción.
•
Un termostato en el cuarto debe controlar el calefactor.
Se prohíbe el uso de puentes fi jos que proporcionen
calentamiento continuo.
•
La tasa de entrada y el aumento de temperatura deben
ajustarse según la placa de clasifi cación del calefactor.
•
Se deben proporcionar conductos de aire de suministro
y de retorno sellados al calefactor. El aire de retorno
debe terminar afuera del espacio donde está instalado el
calefactor.
•
Se debe mantener una gama de temperatura del aire de
retorno entre 60 °F (16 °C) y 80 °F (27 °C).
•
Se deben instalar fi ltros de aire MERV 11 o superiores
en el sistema y se deben inspeccionar y mantener
regularmente (es decir, inspecciones estáticas regulares y
reemplazo al fi nal de su vida útil) durante la construcción.
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FIGURA 3