M A N U A L
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H A R D W A R E
este Convenio, el Comprador podría retener la posesión del equipo y el Software y utilizarlo de cualquier manera legal no
consistente con los términos y condiciones de este Convenio.
17. Mantenimiento. El Comprador deberá utilizar el equipo adecuadamente y con cuidado. El Comprador, deberá por su
propia cuenta mantener y reparar todos los componentes del Equipo para mantenerlos en buenas condiciones de
funcionamiento y, en particular, deberá cumplir completamente con las instrucciones de uso mantenimiento y operación
proporcionadas por el fabricante del hardware. El Comprador autoriza al Vendedor o a una tercera parte designada por
éste a inspeccionar el Equipo cuando lo considere necesario. El Comprador deberá todo el tiempo mantener el Equipo
libre de gravámenes, cargos o afectaciones.
18. Autoridad de los Representantes. Los representantes de Ventas y Servicio del fabricante del hardware no tienen
autoridad para comprometerse con el Comprador bajo ningún término, condiciones, representaciones, garantías,
acuerdos o convenios, ya sean orales o escritos no estipulados bajo los Términos y Condiciones.
19. Propiedad Personal. El Equipo (incluyendo el Software en caso de que sea aplicable) debe conservarse bajo premisa del
Comprador como se describe al reverso y deberá permanecer como propiedad personal sin importar como y en que
grado pudiera estar sujeto a alguna construcción o estructura o que pudiera ser la consecuencia de su desmontaje de tal
construcción o estructura. El Comprador no podrá gravar el Equipo (incluyendo el Software en caso de que sea
aplicable) hasta que sea liquidado totalmente al Vendedor. Adicionalmente, el Vendedor otorga al Comprador, y el
Comprador acepta una licencia de no exclusividad para usar el Equipo (incluyendo el Software en caso de que sea
aplicable) de acuerdo con los términos y condiciones aquí convenidas. La licencia (y el Equipo) no pueden ser
arrendadas, vendidas, asignadas o transferidas de alguna manera, en su totalidad o en parte. Si se da el caso de que el
Comprador proponga arrendar, vender, asignar, o transferir de alguna manera el Equipo (y/o su Software en caso de que
sea aplicable), en su totalidad o en parte, a alguna persona o entidad, Ford Motor Company debe tener el derecho de
prioridad para adquirir el equipo (incluyendo el Software en caso de que sea aplicable) en la cantidad de Diez 00/100
($10.00) dólares americanos.
20. Seguros e Indemnizaciones. El Comprador deberá defender, indemnizar y mantener inafectado al Vendedor, y a cargo
del Comprador adquirir un seguro a satisfacción del Vendedor que cubra cualquier pérdida, daño, reclamo, gastos y otras
responsabilidades (incluyendo gastos de abogados) relacionadas con lo que surgiera de: (i) daños, pérdida, robo o
destrucción del Equipo y/o Software, ó (ii) muerte, lesiones o daño en propiedad relacionados con el uso, operación o
condición (incluyendo sin limitación alguna, defectos que puedan o no ser descubiertos por alguna de las partes) del
Equipo y/o Software. El Comprador deberá inmediatamente notificar al Vendedor de cualquier reclamo. El Vendedor
tendrá el derecho de participar, bajo su propia cuenta en cualquier procedimiento que el Comprador haya emprendido en
defensa del Vendedor, y en ningún momento podrá el Comprador establecer alguna queja contra el Vendedor sin previo
consentimiento escrito de éste. El Comprador deberá proporcionar evidencia de tal seguro al Vendedor si este así lo
requiere. El Vendedor no tiene obligación de examinar el Certificado de Aseguramiento o prevenir al Comprador de que
su seguro no cumple los requisitos establecidos en el Convenio. Las pérdidas cubiertas por el Seguro podrán en todos
los casos ser pagadas al Vendedor y al Comprador de acuerdo a sus intereses. Si el Comprador no cumple con
asegurar el equipo y el Software como aquí se establece, el Vendedor podría, pero no está obligado a, incluir tal seguro
en el precio del equipo y/o Software, para lo cual el Comprador se compromete a pagar al Vendedor los costos extras de
tal seguro impuesto por el Vendedor. En ningún caso se podrá considerar la cobertura del seguro como un límite o podrá
reemplazar la obligación del Comprador para indemnizar al Vendedor bajo los términos de este Contrato.
21. Recursos del Vendedor. En caso de que el Comprador no cumpliera con este Convenio, el Vendedor tiene todos los
recursos atribuibles a su condición de Vendedor bajo el Código de Transacciones Comerciales y podría acudir a
cualquier otro recurso disponible en la Ley o la Justicia. En caso de que el Vendedor emprenda Procedimiento Legal
para recobrar cualquier cantidad vencida o para tomar posesión de Equipo y/o Software, el Comprador deberá cubrir los
gastos legales y de Cobranza (incluyendo costos del juzgado y abogados). Los derechos del vendedor deben ser
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