Este producto se comercializará en los siguientes estados miembros
de la Unión Europea:
GB - HU - ES
Directiva 97/23/CE
Las calderas de gas y gasóleo que funcionan a una temperatura
igual o inferior a 110 °C, así como los acumuladores de agua caliente
sanitaria cuya presión de servicio sea igual o inferior a 10 bar, están
contempladas en el artículo 3.3 de la directiva, y por consiguiente no
pueden tener el marcado CE que certifica la conformidad con la
directiva 97/23/CEE.
1 Reglamentaciones
En cualquier caso, es necesario el cumplimiento de las
disposiciones locales vigentes al respecto.
2 Símbolos utilizados
3
Generalidades
Atención peligro
Información particular
Consultar
Remeha Gas 360 S
La conformidad de las calderas con las reglas del oficio, exigida en
el artículo 3.3 de la directiva 97/23/CE, se certifica mediante el
marcado CE relativo a las directivas 90/396/CEE, 92/42/CEE, 73/23
CEE y 89/336/CEE.
Conviene señalar que existen riesgos de corrosión en aquellas
calderas instaladas en locales cuya atmósfera pueda estar
contaminada por compuestos clorados o fluorados, o en sus
proximidades.
Ejemplo: Salones de peluquería, locales industriales
(disolventes), máquinas frigoríficas.
En este caso no podemos responder de la garantía.
Riesgo de lesiones corporales y daños materiales. Respetar escrupulosamente las
instrucciones relativas a la seguridad de las personas y de los bienes
Información a tener en cuenta para mantener el confort
Consultar otro manual u otras páginas del manual de instrucciones
20/07/05 - 300005181-001-A