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Reglas Y Practicas Para La Operacion Segura - Textron E-Z-GO MPT 800 Manual Del Propietário

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I N F O R M A C I O N S O B R E S E G U R I D A D
6.6 Lugares peligrosos
6.6.1 El usuario debe determinar los peligros del entorno y del lugar donde se va a utilizar el vehículo según ANSI/
NFPA 505.
6.6.2 En zonas peligrosas, el usuario sólo debe permitir utilizar vehículos aprobados y que cumplan con ANSI/NFPA
505.
6.7 Iluminación en zonas operativas
El usuario, de acuerdo con su responsabilidad de observar el entorno y las condiciones operativas, debe determinar
si el vehículo necesita luces y, si es así, debe equipar el vehículo con luces apropiadas.
6.8 Control de gases y humos nocivos
Cuando se utilice un vehículo equipado con motores de combustión interna en zonas cerradas, debe mantenerse la
atmósfera dentro de los límites especificados en la publicación "Valor límite para sustancias químicas y agentes físicos
en el entorno de trabajo" de la American Conference of Governmental Industrial Hygienists. Esto puede conseguirse
con el mantenimiento de la ventilación del equipo de control de emisiones recomendado o proporcionado por el
fabricante del equipo.
6.9 Dispositivo(s) de advertencia
6.9.1 El usuario debe realizar revisiones periódicas del vehículo para asegurarse de que el/los dispositivo(s)
sonoros y/o visuales se mantienen en buen estado.
6.9.2 El usuario debe determinar si las condiciones operativas requieren equipar el vehículo con dispositivos
sonoros y/o visuales adicionales y debe proporcionar y mantener dichos dispositivos según las recomendaciones del
fabricante.
6.10 Interbloqueos de seguridad
El usuario debe realizar inspecciones periódicas al vehículo para asegurarse de que el sistema de interbloqueo
funciona correctamente (si está instalado).

7 REGLAS Y PRACTICAS PARA LA OPERACION SEGURA

7.1 Calificaciones del personal y el operador de vehículos de carga
El vehículo sólo debe utilizado por personas entrenadas. Los operadores deben estar capacitados visual, auditiva,
física y mentalmente para operar el equipo con seguridad según la Sección 7 y cualquier otra parte aplicable de este
Estándar.
7.2 Formación del personal y el operador del vehículo de carga
7.2.1 El usuario debe llevar a cabo un programa de formación del operador.
7.2.2 La consecución de dicho programa será requerida por el usuario antes de la utilización del vehículo. El
programa debe presentarse a los operadores nuevos en su totalidad.
7.2.3 El usuario incluirá en el programa de formación de los operarios como mínimo lo siguiente.
a) Material instructivo proporcionado por el fabricante, incluyendo el manual del operario;
b) Enfasis en la seguridad de pasajeros, cargas de material, operador del vehículo y otros empleados;
c) reglas generales de seguridad de este Estándar y reglas específicas determinadas por el usuario según este
Estándar, y por qué fueron formuladas;
d) Introducción de equipo, ubicaciones de control del entorno que puedan afectar al funcionamiento del vehículo;
e) Evaluaciones de competencia del operario.
Manual del propietario y guía de servicio
Página xiii

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