1.5 SONDA EXTERNA (OPCIONAL)
La caldera está preparada para la aplicación de
la sonda externa (Fig. 1-7) que está disponible
como kit opcional.
La sonda se puede conectar directamente a la
instalación eléctrica de la caldera y permite
disminuir automáticamente la temperatura
máxima de ida a la instalación, con el aumento
de la temperatura externa, para regular así el calor
suministrado a la instalación, en función de la
variación de la temperatura externa. La sonda
externa actúa siempre cuando está conectada,
independientemente de la presencia o del tipo de
cronotermostato ambiente usado. La correlación
entre la temperatura de ida de la instalación y
la temperatura externa, está determinada por
la posición del selector ubicado en el panel de
control de la caldera, según las curvas represen-
tadas en el diagrama (Fig. 1-8). La sonda externa
se debe conectar a los bornes 38 y 39 de la tarjeta
electrónica de la caldera (Fig. 3-2).
1.6 VENTILACIÓN DE LOS LOCALES.
Es indispensable que en el local en que ha sido
instalada la caldera fluya una cantidad de aire
igual a la requerida para la regular combustión
de gas y para la ventilación del local. El aflujo
natural de aire debe realizarse de manera directa
mediante:
- aperturas permanentes en la pared del local que
se va a ventilar que dan hacia el exterior;
- conductos de ventilación, individuales o colec-
tivos ramificados.
El aire de ventilación debe ser extraído directa-
mente del exterior, en una zona lejos de fuentes
de contaminación. El aflujo natural de aire puede
también realizarse de manera indirecta mediante
la extracción de aire de locales contiguos al que
debe ventilarse. Para mayor información acerca
de la ventilación de locales, atenerse a lo prescrito
por la normativa.
Evacuación del aire viciado. En locales en que
han sido instalados aparatos de gas puede ser
necesario, además de la entrada de aire com-
burente, la evacuación del aire viciado, con la
consecuente entrada de una misma cantidad
de aire limpio y no viciado. Esto debe realizarse
cumpliendo las prescripciones de las normativas
técnicas vigentes.
1.7 CONDUCTOS PARA HUMOS.
Los aparatos de gas, provistos de racor para el
conducto de descarga de humos, deben ser co-
nectados directamente a chimeneas o conductos
de salida de humos de segura eficiencia.
Solo si éstos no están presentes, es posible que
los mismos descarguen los productos de la
combustión directamente al exterior, con tal
que se cumplan las prescripciones de la norma
relativa a los terminales de tiro, y los reglamentos
locales en vigor.
Conexión a chimeneas o conductos de salida de
humos. La conexión de los aparatos a una chi-
menea o a un conducto de salida de humos debe
realizarse mediante conductos para humos.
En caso de conexiones a conductos de salida de hu-
mos preexistentes, éstos deben estar perfectamente
limpios ya que los residuos, si se encuentran, despe-
gándose de la paredes durante el funcionamiento,
podrían obstruir el pasaje de humos, provocando
situaciones de grave peligro para el usuario.
Los conductos para humos deben ser conectados
a la chimenea o al conducto de salida de humos
en el mismo local donde ha sido instalado el
aparato o, a lo sumo en el local contiguo y deben
cumplir con los requisitos de la normativa.
1.8 CONDUCTOS DE SALIDA DE
HUMOS / CHIMENEAS.
En caso de aparatos con tiro natural se pueden
emplear chimeneas individuales y conductos de
salida de humos colectivos ramificados.
Chimeneas individuales. Las dimensiones
internas de algunos tipos de chimeneas indi-
viduales se encuentran en las tablas contenidas
en la normativa. En caso de que los datos reales
de la instalación no se encuentren dentro de las
condiciones de aplicación o de los límites de las
tablas, deberá calcularse las dimensiones de la
chimenea según las normas.
Conductos de salida de humos colectivos
ramificados. En edificios multipisos, para la
evacuación de tiro natural de los productos de la
combustión, pueden ser utilizados conductos de
salida de humos colectivos ramificados (c.c.r.).
Los CCR de nueva fabricación deben ser diseña-
dos siguiendo el método de cálculo y lo prescrito
por la norma.
Sombreretes. El sombrerete es el dispositivo
colocado en la salida de una chimenea individual
o de un conducto de salida de humos colectivo
ramificado. Este dispositivo permite facilitar la
dispersión de los productos de la combustión,
aunque en condiciones atmosféricas desfavora-
bles, e impide el depósito de cuerpos extraños.
Éste debe cumplir con los requisitos de la nor-
mativa.
El tramo de desembocadura, correspondiente
a la cima de la chimenea/conducto de salida de
humos, independientemente de los sombreretes,
debe estar situado fuera de la "zona de reflujo",
con el objetivo de evitar la formación de contra-
presiones que impidan la descarga libre de los
productos de la combustión en la atmósfera. Por
tanto, es necesario adoptar las alturas mínimas
indicadas en las figuras que se muestran en la
norma, en función de la inclinación del techo.
Descarga directa al exterior. Los aparatos de
tiro natural, que pueden ser conectados a una
chimenea o a un conducto de salida de humos,
pueden descargar los productos de la combustión
MÁX.
MÍN.
Fig. 1-7
directamente al exterior, mediante un conducto
que atraviesa las paredes perimetrales del edificio.
La evacuación se realiza en este caso por medio
de un conducto de descarga, el cual está conec-
tado, en el exterior, a un terminal de tiro.
Conducto de descarga. El conducto de descarga
debe cumplir con los requisitos indicados para
los conductos para humo, y con las prescripcio-
nes de la normativa técnica vigente.
Ubicación de los terminales de tiro. Los termi-
nales de tiro deben:
- estar situados en las paredes perimetrales
externas del edificio;
- estar situados de forma que se respeten las
distancias mínimas indicadas por la normativa
técnica vigente.
Evacuación de los productos de la combustión
en aparatos con tiro natural en espacios cerra-
dos a cielo abierto. En espacios a cielo abierto
cerrados lateralmente de forma completa (pozos
de ventilación, patios de luces, patios en general y
similares) está permitida la evacuación directa de
los productos de la combustión de aparatos a gas
con tiro natural o forzado y caudal térmico entre
4 y 35 kW, siempre que se cumplan los requisitos
de la normativa técnica vigente.
Importante: está prohibido poner voluntaria-
mente fuera de servicio el dispositivo de control
de descarga de humos. Cada pieza de dicho
dispositivo, si deteriorada, debe ser sustituida
con repuestos originales. En caso de frecuentes
intervenciones del dispositivo de control de
descarga de humos, controlar el conducto de
descarga de humos y la ventilación del local en
que ha sido instalada la caldera.
1.9 LLENADO DE LA INSTALACIÓN.
Una vez conectada la caldera, proceder al llenado
de la instalación a través del grifo de llenado (Fig.
2-2). El llenado debe ser efectuado lentamente
para que las burbujas de aire contenidas en el
agua puedan liberarse y salir a través de los
purgadores de la caldera y de la instalación de
calefacción. La caldera tiene incorporada una
válvula de purga automática que se encuentra
en el circulador. Abrir las válvulas de purga
de los radiadores. Las válvulas de purga de los
radiadores deben cerrarse cuando sólo sale
agua de ellas.
El grifo de llenado debe cerrarse cuando el
manómetro de la caldera indica 1,2 bar aproxi-
madamente.
Nota: durante estas operaciones poner en funcio-
namiento la bomba de circulación a intervalos,
a través del interruptor general situado en el
panel de control de la caldera. Purgar la bomba
de circulación desenroscando el tapón anterior y
manteniendo el motor en funcionamiento.
Cerrar el tapón cuando se haya finalizado.
Posición de la regulación usuario
Temperatura calentameinto
ES
PL
TR
CZ
SI
HU
RU
RO
IE
SK
UA
7
Fig. 1-8