Para alertar al conductor, un testigo
se enciende en el retrovisor del lado
correspondiente cuando se detecta un vehículo
(turismo, camión, motocicleta...) y se reúnen
las siguientes condiciones:
-
todos los vehículos circulan en el mismo
sentido de la marcha;
-
la velocidad del vehículo está comprendida
entre 12 km/h y 140 km/h;
-
la diferencia de velocidad entre su vehículo
y los demás es inferior a 10 km/h;
-
la circulación es fluida;
-
durante una maniobra de adelantamiento
prolongada, el vehículo adelantado entra
en la zona de ángulo muerto;
-
usted circula por una vía en línea recta o
curva abierta;
-
el vehículo no arrastra ningún remolque,
caravana, etc.
No se activará ninguna alerta en las siguientes
situaciones:
-
en presencia de objetos fijos
(vehículos estacionados, guardarraíles,
farolas, paneles...);
-
ante los vehículos que circulan en sentido
contrario;
-
durante la conducción por carreteras
sinuosas o con curvas pronunciadas;
-
en caso de adelantamiento de un (o por un)
vehículo largo (camión, autobús, etc.) que
se detecta en una zona de ángulo muerto
de la parte trasera al mismo tiempo que
está presente en el campo de visión del
conductor por la parte delantera;
-
con circulación muy densa: los vehículos,
detectados por la parte delantera y trasera,
se confunden con un vehículo largo o un
objeto fijo;
-
durante una maniobra de adelantamiento
rápido.
Conducción
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