5 Planificación
Sala de instalación /
Instalación de escape
Desde febrero de 2001 la Norma Europea EN
13410 describe los requisitos de ventilación para
aparatos de calefacción por radiación que utilizan
combustibles gaseosos en locales para uso no
doméstico. Todos los miembros de CEN están
obligados a trasladar estas disposiciones a las
normas nacionales sin cambios.
EN 13410 define los requisitos de ventilación para
aparatos de gas del tipo A. Estos son aparatos que
toman aire de combustión de la sala y están
previstos para una evacuación no directa de los
productos de combustión. Los productos de
combustión salen del aparato, se mezclan con el
aire circundante en la sala de instalación y salen del
edificio.
Recomendamos que se sigan
estas instrucciones de
instalación además de las
disposiciones y normas
nacionales y locales.
observación es imperativa para el
funcionamiento adecuado de
nuestros calentadores, y es la
condición de nuestra garantía.
Pídanos consejo en caso de duda.
Estos aparatos deben
instalarse de conformidad con
las normas en vigor en un área
bien ventilada.
De conformidad con EN 13410 deben observarse
los siguientes requisitos:
1 Sala de instalación
La sala de instalación debe tener un volumen de
por lo menos 10 m³/kW de carga calorífica
nominal instalada de los calentadores radiantes.
2 Evacuación de los productos de
combustión
Esta ventilación puede conseguirse por
cualquiera de los tres medios siguientes:
A) evacuación térmica de la mezcla productos
de combustión/aire;
B) evacuación mecánica de la mezcla de
productos de combustión/aire;
C) intercambio de aire natural.
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A) ventilación mediante evacuación
térmica
• El aire de la sala mezclado con los productos
de combustión deberá evacuarse por encima
de los calentadores radiantes, si es posible
cerca del caballete por medio de aberturas de
aire de escape.
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