1.22 SAlIDA DE huMOS A TRAVéS DEl CONDuCTO
DE EVACuACIóN DE huMOS/ChIMENEA.
La salida de humos no debe conectarse a un conducto de evacuación
de humos colectivo ramificado de tipo tradicional para aparatos de
tipo B con tiro natural (CCR). La expulsión de los humos, sólo en las
calderas instaladas en configuración C, puede conectarse a una salida
de humos colectiva especial, tipo LAS. Para las configuraciones B
posible solo la descarga en chimenea individual o directamente en la
atmósfera externa mediante el terminal correspondiente, a excepción
de disposiciones normativas locales vigentes. Los conductos de salida
de humos colectivos y combinados se deben conectar sólo a aparatos
del tipo C y del mismo tipo (condensación), con capacidades térmi-
cas nominales que no difieran de más del 30% en menos respecto
al máximo que se puede conectar y que estén alimentados por un
mismo combustible. Las características termofluidodinámicas (caudal
de los humos, % de anhídrido carbónico, % de humedad, etc.) de
los aparatos conectados a los mismos conductos de salida de humos
colectivos o combinados, no deben diferir de más del 10% respecto
a la caldera media conectada. Los conductos de salida de humos col-
ectivos y combinados se deben diseñar de acuerdo con los métodos
de cálculo y las especificaciones de las normativas técnicas vigentes
(por ejemplo UNI EN 13384), por personal técnico profesionalmente
cualificado. Las secciones de las chimeneas y conductos de evacuación
de humos a los que se conecta el tubo de salida de humos deben
cumplir los requisitos de las normativas técnicas en vigor. Se admite
la posibilidad de sustituir un aparato de tipo C convencional, con uno
con condensación solo si se cumplen las condiciones exigida por las
normativas vigentes.
1.23 CONDuCTOS DE SAlIDA DE huMOS,
SOMbRERETES y TERMINAlES.
Los conductos de salida de humos, las chimeneas y los sombreretes
para la evacuación de los residuos generados por la combustión
deben cumplir los requisitos de las normativas vigentes. Los som-
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breretes y los terminales de descarga en el techo deben respetar
las alturas de desembocadura y las distancias de los volúmenes
técnicos previstos por la normativa técnica vigente.
Colocación de los terminales de descarga en pared.
Los terminales de descarga deben:
- estar situados en las paredes perimetrales externas del edificio;
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- estar situados de forma que se respeten las distancias mínimas
indicadas por la normativa técnica vigente.
Evacuación de los productos de la combustión de aparatos
con tiro natural o forzado en espacios cerrados a cielo abierto.
En espacios cerrados a cielo abierto cerrados lateralmente de
forma completa (pozos de ventilación, patios de luces, patios en
general y similares) está permitida la evacuación directa de los
productos de la combustión de aparatos a gas con tiro natural o
forzado y caudal térmico entre 4 y 35 kW, siempre que se cumplan
los requisitos de la normativa técnica vigente.
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