Por ejemplo, los proyectores que tienen una HD mayor de 1 metro y emiten luz en un área incontrolada donde puede haber personas
deben estar colocados de acuerdo con los parámetros "de instalación del proyector establecidos", comportando una HD que no
se extiende en el área de audiencia a menos que el haz se encuentre al menos a 2 metros sobre el nivel del suelo. En entornos
donde el comportamiento libre es bastante predecible, la altura de separación mínima debe ser de 3 metros como mínimo para
evitar una posible exposición, por ejemplo una persona sentada en los hombros de otra dentro de la distancia de riesgo. Una altura
de separación suficientemente grande puede lograrse montando el proyector de imagen en el techo a través del uso de barreras
físicas.
En el caso de LIP (proyectores láser) instalados en el mercado estadounidense, los límites indicados anteriormente no se aplican.
Los LIP instalados en ubicaciones que no sean salas de cine se deben instalar a una altura vertical por encima del suelo de modo
que el plano inferior de la zona de riesgo no esté a más de 3 metros de altura. La separación horizontal de la zona de riesgo debe
ser de 2,5 metros. Todo acceso humano horizontal a la zona de riesgo, si procede, será limitado mediante barreras. Si el acceso
humano es posible en un entorno no supervisado, la separación horizontal o vertical deberá aumentarse para evitar la exposición
a la zona de riesgo RG3.
Además, en las instalaciones temporales (por ejemplo, alquiler y espectáculos, cesiones, eventos, etc.) se aplicarán los siguientes
requisitos:
•
Este producto solo puede ser instalado por Barco o venderse/alquilarse solamente si se está en posesión de un permiso de
espectáculos con luces láser. Dicho de otro modo, es preciso que nuestros instaladores dispongan de un permiso aprobado
de espectáculos con luces láser. Estos instaladores podrían tener ya un permiso válido para la producción de espectáculos
con luces láser de Clase IIIb y IV, y/o para la incorporación de LIP RG3 en sus espectáculos. Los vendedores y distribuidores
también deben obtener un permiso válido para espectáculos con luces láser.
•
Este producto se puede ubicar de tal modo que todas las trayectorias del haz se propaguen dentro de la zona restringida
restricción y que el público pueda observarse directamente en todo momento.
•
No se llevará a cabo ningún efecto en las proyecciones de la pantalla delantera o trasera.
•
La comunicación será constante con el resto del personal encargado de la vigilancia de la proyección LIP.
•
En caso de surgir una situación no segura, finalizará inmediatamente (o se ordenará la finalización) de la luz de proyección LIP.
Es preciso instalar uno o varios controles accesibles para poder finalizar inmediatamente la luz de proyección LIP. La entrada de
alimentación situada en el lado del proyector se considera un dispositivo de desconexión fiable. Cuando necesite apagar el proyec-
tor, desconecte siempre el cable de alimentación en el lado del proyector. En el caso de que la entrada de alimentación en el lado
del proyector no sea accesible (p. ej. montaje truss), el enchufe que suministra al proyector debe instalarse cerca del mismo y ser
fácilmente accesible, o debe incorporarse un dispositivo de desconexión general de fácil acceso en la instalación eléctrica fija.
Es posible solicitar la realización de espectáculos con luces láser a través del portal en línea eSubmitter de la FDA o mediante el
formulario 3147 de la FDA haciendo referencia al permiso aprobado de Barco 2016-V-0144.
RA
TH
SH
(A) SIDE VIEW
Imagen 1-1
A
Vista lateral.
B
Vista superior.
RA Ubicación del acceso restringido (área de la cabina del proyector).
PR Proyector.
TH
Cine.
RZ
Zona restringida en el cine.
SH Altura de la separación.
SW Ancho de la separación.
Según los requisitios nacionales, no está permitido que ninguna persona se acerque al haz proyectado en la zona entre la lente
de proyección y la distancia de riesgo respectiva (HD). Esto debe ser físicamente imposible si se crea una altura de separación
suficiente o se colocan barreras. La altura de separación mínima tiene en cuenta la superficie sobre la que están permitidas estar
personas distintas al operador, artistas o empleados.
En imagen 1-2 se muestra una configuración típica. Se tiene que verificar si se cumplen estos requisitos mínimos. Si fuese nece-
sario habría que establecer una zona restringida (RZ) en el cine. Esto puede llevarse a cabo usando una barrera física como una
cuerda roja según se muestra en imagen 1-2.
La etiqueta sobre el área restringida puede sustituirse por otra etiqueta que lleve solo el símbolo.
R5906102ES WODAN 06/09/2017
RZ
SH
TH
SW
RA
PR
SW
(B) TOP VIEW
1. Seguridad
SW
RZ
SW
9