ESPAÑOL
2.2.13 CAPACITACIÓN Y ATRIBUCIONES DEL PERSONAL
El uso de la máquina se autoriza solamente al personal encargado y correctamente instruido, que se encuentre
en condiciones de salud que le permitan el desarrollo normal de sus actividades.
•
Persona expuesta: es cualquier persona que se encuentre dentro de la totalidad o en una parte de una zona peligrosa.
•
Zona peligrosa: es cualquier zona al interior y/o cerca de una máquina donde la presencia de una persona expu-
esta constituya un riesgo para la seguridad y la salud de dicha persona.
•
Operador: realiza las operaciones de trabajo ordinario, necesarias para el funcionamiento de la máquina (uso de
los mandos, pericia en el ciclo operativo, limpieza de las superficies e intervenciones en caso de funcionamiento
incorrecto). Durante la producción normal, el operador deberá intervenir con todas los dispositivos de seguridad
habilitados. El personal encargado de operar la máquina, debe poseer (o adquirir por medio de la formación adec-
uada y de preparación) los requisitos que se indican a continuación, y además debe conocer el presente manual y
las información relacionada con la seguridad. Dichos requisitos son:
- Cultura general y técnica con un nivel suficiente para comprender el contenido del manual y para interpretar cor-
rectamente las figuras, los diseños y los esquemas.
- Conocimiento de las principales normas de higiene, de prevención de accidentes, tecnológicas y de primeros auxilios.
- Saber como comportarse en caso de emergencia, dónde encontrar los medios de protección individual y cómo usarlos.
- Tener las autorizaciones necesarias para la compra de productos fitosanitarios.
•
Técnico del fabricante: el personal de la empresa fabricante u otro personal autorizado por la misma realiza activi-
dades complejas de instalación, puesta a punto, reparación y, si se solicita, de formación del personal encargado
de la máquina.
•
Encargado del mantenimiento mecánico: es aquel que depende directamente del usuario o del fabricante y que ha
sido instruido correctamente para realizar el mantenimiento ordinario y extraordinario de la máquina y que integra
los resultados en los registros respectivos.
•
Mantenimiento eléctrico: personal técnico especializado, capaz de conducir la máquina en condiciones normales,
de intervenir en las partes eléctricas para realizar todos los ajustes, el mantenimiento y las reparaciones necesar-
ias, y capaz de operar en presencia de tensión.
•
Personal autorizado para el desplazamiento y el transporte: personal que ha recibido la formación adecuada sobre
el uso de los dispositivos de elevación y de movimiento.
2.3 NORMATIVAS DE REFERENCIA
Declaramos bajo nuestra responsabilidad, que la máquina es conforme a los requisitos de seguridad y de salud previs-
tos por las siguientes Directivas Europeas:
•
DIRECTIVA MÁQUINAS 2006/42 CE.
•
204/108/CE Compatibilidad Electromagnética.
•
2009/127/CE Octubre de 2009: Máquinas para la aplicación de pesticidas.
Para la adecuación de la máquina se utilizaron las siguientes especificaciones técnicas:
•
UNI EN ISO 16119-1/2013
•
UNI EN ISO 16119-3/2013
•
UNI EN ISO 4254-1/2010
•
UNI EN ISO 4254-6/2010
•
EN ISO 12100-2010
•
CEI EN 60204-1/2006
•
ISO 11684:1995
•
ISO 3767-2/2008
24
USO Y MANTENIMIENTO
ATENCIÓN
Cód. F07012284