• Primera puesta en marcha o nueva puesta en marcha del producto sin haber
realizado una evaluación de riesgos de conformidad con la correspondiente ley
de seguridad y protección en el trabajo o bien la Directiva marco 89/391/CEE.
• Utilización del producto sin garantizar que el operario mantiene siempre un contacto
visual con el elevador de cajas y la carga durante la ejecución de todos los movimientos.
• Utilización del producto para manipular cargas peligrosas como metales fundidos,
ácidos, materiales brillantes o bien cargas especialmente frágiles.
• Utilización del producto en el aire libre (sin protegerlo contra las infl uencias
meteorológicas) o en climas húmedos con tendencia a la formación de agua
de condensación.
• Utilización del producto sin sufi ciente estabilidad.
• Utilización del producto sin mantener una distancia sufi ciente con respecto al resto
del entorno (peligro de aplastamiento).
• Utilización del producto para subir o bajar personas.
• Utilización del producto para subir o bajar cajas apilables no aseguradas.
• Utilización del producto para subir o bajar cargas no embaladas en cajas.
• Utilización descontrolada del producto para subir o bajar cajas en las que el
espacio libre debajo de la caja,en su posición más baja, sea inferior a 120 mm.
• Utilización del producto para subir o bajar carretillas (para el transporte de cajas),
cuya distancia respecto al suelo sea superior a 135 mm.
• Utilización del producto para subir o bajar una carga que sobresale de las horquillas.
• Utilización del producto para subir o bajar una carga, cuyo centro está situado
a más de 300 mm por delante del tope de las horquillas o a más de 350 mm por
delante de la parte frontal de la carcasa del elevador de cajas.
• Limitación de la carrera del medio auxiliar de elevación de cargas mediante el
montaje de topes.
• Subida o bajada del medio auxiliar de elevación de cargas para evitar obstáculos
o topes (el denominado movimiento en bloque).
• Desplazamiento del producto con carga.
• Transporte de personas y otras cargas (durante el desplazamiento del producto).
• Utilización con cables de red que no sean lo sufi cientemente robustos y que no
estén bien protegidos.
• Utilización en ámbitos que no sean el industrial.
2.4 Cualificación del personal
Las tareas descritas en esta documentación exigen conocimientos básicos en mecánica
y sistemas eléctricos, así como el conocimiento de los correspondientes términos
especializados. Por este motivo, y para garantizar un uso seguro, estas tareas solo
debe realizarlas el correspondiente trabajador especializado o bien una persona bajo
supervisión constante.
Se considera un trabajador especializado una persona que, gracias a sus conocimientos,
experiencia y formación, así como sus conocimientos de las determinaciones
pertinentes, es capaz de valorar los trabajos que se le han encargado y de reconocer
posibles peligros y tomar las medidas de seguridad adecuadas. Un trabajador
especializado debe cumplir con las normas concretas pertinentes y contar con los
conocimientos especializados necesarios.
Indicaciones de seguridad
3 842 358 709/2016-07, MPS, Bosch Rexroth AG
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