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7.4 Métodos de cálculo utilizables
Desde el punto vista del cálculo de prestaciones de las instalaciones solares térmicas para agua
caliente sanitaria cabe diferenciar dos objetivos sobre los que se analizan las condiciones a
satisfacer:
1. Cumplimiento de requisitos mínimos establecidos por la reglamentación. El cálculo debe
comprobar que la instalación proyectada cumple determinados requisitos y niveles de
exigencia normativos verificando que se realiza en las mismas condiciones que cualquier otra
tecnología térmica y que puede requerir la comparación con las diversas tecnologías de
producción térmica (calderas convencionales, de biomasa, bomba de calor, etc.).
2. Optimización y comparación de diferentes tipos de instalaciones solares térmicas. El cálculo
debería permitir la selección de la mejor solución para una determinada aplicación
comparando las distintas configuraciones posibles, tipos de captadores y acumuladores,
definiendo su superficie de captación y volumen de acumulación, así como el resto de
componentes y condiciones de funcionamiento de la instalación.
En cualquiera de los casos y para que las soluciones sean comparables, es necesario que los datos
de partida sean los mismos:
Los parámetros de uso como caudales de consumo y temperaturas de referencia de agua fría.
Los parámetros climáticos de radiación solar y temperatura ambiente.
Los criterios para calcular las pérdidas térmicas de las instalaciones para evaluar las demandas
y consumos energéticos.
7.4.1 Cumplimiento de requisitos establecidos por la reglamentación
El proyectista deberá conocer la normativa aplicable en cada caso particular ya que puede existir
reglamentación tanto de ámbito nacional como autonómico y, en algunos casos, de rango local
mediante ordenanzas municipales, que incluyan requisitos de uso de energías renovables que,
además de criterios técnicos pueden establecer criterios de contribución mínima de energía
procedente de fuentes renovables de la demanda energética anual para ACS y para climatización
de piscina que podrían ampliarse, en un futuro no lejano, a las restantes demandas térmicas de
calefacción y refrigeración.
La reglamentación puede definir, o no, criterios y procedimientos concretos para evaluar y
comparar las diversas tecnologías de producción de energía térmica, tanto fósiles como
renovables, pero en el caso que no se defina, el proyectista debe considerar en su análisis:
El uso de métodos de cálculo suficientemente validados por modelos de simulación y
contrastados con medidas experimentales.
La utilización de parámetros de diseño de los componentes de las instalaciones que sean
resultados de ensayo realizados o validados por tercera parte.
La monitorización de los datos reales del funcionamiento de las instalaciones que permita
comprobar que se cumplen los resultados previstos.
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7. CÁLCULO DE PRESTACIONES ENERGÉTICAS