Para evitar una LESIÓN GRAVE o incluso la MUERTE por un
portón/puerta en movimiento:
DEBEN instalarse dispositivos de protección contra atrapamiento para
l
proteger a cualquier persona que se acerque a un portón/puerta en
movimiento.
Ubique los dispositivos de protección contra atrapamiento para
l
proteger AMBOS ciclos de cierre y apertura del portón/puerta.
Paso 5 Instale la protección contra atrapamiento
La protección contra atrapamiento se DEBE instalar según los siguientes
requisitos de la norma UL 325:
Los operadores de portón/puerta de elevación vertical requieren la
l
instalación del primer dispositivo externo de monitoreo de
protección contra atrapamiento en la dirección de cierre para
funcionar.
Cada instalación es única. Es responsabilidad del instalador
l
asegurarse de que TODAS las zonas de atrapamiento estén
protegidas con un dispositivo externo de monitoreo de protección
contra atrapamiento, que proteja los ciclos de apertura y cierre del
portón/puerta.
Se DEBEN usar dispositivos externos de monitoreo de protección
l
contra atrapamiento LiftMaster con los operadores LiftMaster para
cumplir los requisitos UL 325. Consulte la sección Accesorios.
Pruebe TODOS los dispositivos de protección contra atrapamiento
l
después de completar la instalación del operador. Para ver las
instrucciones de las pruebas, consulte el manual proporcionado con
su dispositivo de protección contra atrapamiento.
INSTALACIÓN
Ubique los dispositivos de protección contra atrapamiento para
l
brindar protección entre la puerta/portón en movimiento y los objetos
RÍGIDOS, como postes o paredes.
Definiciones
ATRAPAMIENTO: La condición cuando una persona queda atrapada o se
mantiene en una posición que aumenta el riesgo de sufrir una lesión.
ZONA DE ATRAPAMIENTO DE UNA PORTÓN DE ELEVACIÓN VERTICAL:
Las ubicaciones entre un portón en movimiento o los componentes de un
operador expuestos y en movimiento y una superficie o un borde opuestos
donde el atrapamiento es posible hasta a 2.4 m (8 pies) por encima del
nivel. Dichas ubicaciones ocurren cuando el espacio entre un portón en
movimiento y superficies o bordes fijos y opuestos distintos del piso en la
parte inferior del portón es mayor que 101.6 mm (4 pulg.) y menor que
406 mm (16 pulg.) o cuando el espacio entre un portón en movimiento y
superficies o bordes fijos y opuestos en la parte inferior del portón es
menor que 406 mm (16 pulg.).
ZONA DE ATRAPAMIENTO DE UNA PORTÓN DE ELEVACIÓN VERTICAL:
Las ubicaciones entre un portón en movimiento o los componentes de un
operador expuestos y en movimiento y una superficie o un borde opuestos
donde el atrapamiento es posible hasta a 2.4 m (8 pies) por encima del
nivel. Dichas ubicaciones ocurren cuando el espacio medido en el plano
horizontal paralelo a la calzada (como un poste de soporte del portón) y el
marco del portón, cuando el portón está en posición totalmente abierta o
totalmente cerrada, es mayor que 57 mm (2-1/4 de pulg.) y menor que 406
mm (16 pulg.) o cuando el espacio entre una puerta en movimiento y
superficies o bordes fijos y opuestos en la parte inferior de la puerta es
menor que 406 mm (16 pulg.)
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