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Tusa RS-350 Manual Del Propietário página 54

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RS-460II, 560, 760, 790, 811, 811S, 812, 812S, 860, 1001
Aviso:
"El PPE (Equipo de Protección Personal) mencionado en este manual de
usuario fue sometido a pruebas para la validación de su diseño y certificado de
acuerdo con el Art. 10 de la Directiva 89/686/CEE por RINA - Via Corsica, 12-16128
Génova (ITALIA), organismo notificado n.º 0474. Este dispositivo cumple la norma
EN 250:2014.
El marcado CE garantiza que el dispositivo cumple los requisitos básicos de
seguridad y salud ocupacional del Anexo II de la Directiva 89/686/CEE. El número
0098 situado junto a CE identifica al organismo notificado GL (Germanischer Lloyd),
autorizado por el sistema de control de calidad de la CE para productos finales, de
acuerdo con el Art. 11.A de la Directiva 89/686/CEE."
RS-340, 350, 520, 530, 670, 680
Aviso:
"El PPE (Equipo de Protección Personal) mencionado en este manual de usuario
fue sometido a pruebas para la validación de su diseño y certificado de acuerdo
con el Art. 10 de la Directiva 89/686/CEE por ITALCERT - Viale Sarca 336, 20126
Milano (ITALIA), organismo notificado n.º 0426. Este dispositivo cumple la norma EN
250:2014.
El marcado CE garantiza que el dispositivo cumple los requisitos básicos de
seguridad y salud ocupacional del Anexo II de la Directiva 89/686/CEE. El número
0426 situado junto a CE identifica al organismo notificado ITALCERT, autorizado por
el sistema de control de calidad de la CE para productos finales, de acuerdo con el
Art. 11.A de la Directiva 89/686/CEE."
Nota:
La Norma EN 250: 2014 define una unidad SCUBA como un equipo autónomo de circuito
abierto para respirar bajo el agua como mínimo, debe incluir por lo menos:
1. Cilindro(s) con válvula(s);
2. Regulador(es) de demanda;
3. Manómetro de Presión para monitorear la presión de el/los cilindro(s);
4. Máscara de Buceo;
5. Un sistema de transporte
La unidad SCUBA puede también incluir: Fuente de aire alternativa, ordenador/
instrumentos de buceo u otros dispositivos de seguridad.
ADVERTENCIA:
Una unidad SCUBA utilizada simultáneamente por múltiples buzos está limitada a
profundidades no mayores de 30 metros y aguas con temperaturas no menores de
4°C conforme las marcas "EN250A", cuando este marcado "EN250A>10°C" aguas con
temperaturas menores de 10°C.
ADVERTENCIA:
Una unidad SCUBA marcada "EN250A" en cumplimiento con EN250: 2014 puede ser
utilizada simultáneamente por múltiples buzos como un dispositivo de escape.
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Reguladores

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