Manual de Instrucciones
ceRtIfIcadO de GaRantIa
1. JUStInO de MORaIS, IRMÃOS S/a - JUMIL, garantiza que los
implementos agrícolas y respectivas piezas, de su fabricación, aquí
denominados simplemente PROdUctO, están libres de defectos, tanto
en su construcción como en la calidad del material.
. Las cuestiones relativas a la concesión de la Garantía serán reguladas
según los siguientes principios:
2.1. La Garantía que consta en este Certificado será válida:
a) por el plazo de seis (6) meses, contado a partir de la fecha da
efectiva entrega del PROdUctO al consumidor agropecuario.
b) solamente para el PROdUctO que es adquirido, nuevo, por
el consumidor agropecuario, directamente del Revendedor o de JUMIL,
exceptuando lo dispuesto en el ítem .3.
.. Exceptuando la hipótesis del subítem siguiente, la Garantía al
consumidor agropecuario será prestada por intermedio del Revendedor
de JUMIL,
.3. Si el PROdUctO es vendido al consumidor agropecuario, por el
revendedor que no sea Distribuidor de JUMIL, el derecho a la Garantía
subsistirá, debiendo, en este caso, ser ejercido directamente ante JUMIL,
en los términos de este Certificado.
.4. La Garantía no será concedida si cualquier daño en el PROdUctO
o en su desempeño es causado por:
a) negligencia, imprudencia o inexperiencia de su operador.
b) incumplimiento de las instrucciones y recomendaciones
de uso y cuidados de mantenimiento, contenidos en el Manual de
Instrucciones.
.5. Igualmente, la Garantía no será concedida si el PROdUctO,
después la venta, venga a sufrir cualquier transformación o modificación,
o si es alterada la finalidad a la que se destina el PROdUctO.
.6. El PRODUCTO cambiado o sustituido comprendido en esta Garantía
será de propiedad de JUMIL, debiendo entregárseles, después de
cumplidas las exigencias legales aplicables.
.7. En cumplimiento de su política de constante evolución, JUMIL
somete, permanentemente, sus productos a mejoras o modificaciones,
sin que eso constituya obligación para JUMIL de hacer el mismo en
productos o modelos anteriormente vendidos.
.8. JUMIL no será responsable por indemnización de cualquier perjuicio
de cosecha, originado de la regulación inadecuada de dispositivos del
producto, relativos a la distribución de semilla o de abono.
JM TH 1.5