Eadvertencias Generales Para La Seguridad; Modo De Empleo; Declaración De Fabricante - DITEC DOD Serie Manual De Instalación Y Mantenimiento

Automatizaciones para puertas seccionales industriales
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ADVERTENCIAS GENERALES PARA LA SEGURIDAD
E
El presente manual de instalación se dirige exclusivamente
a personal profesionalmente competente.
La instalación, las conexiones eléctricas y los ajustes se tienen
que realizar observando la Buena Técnica y de acuerdo con las
normas vigentes. Leer atentamente las instrucciones antes de
empezar la instalación del producto. Una mala instalación puede
ser fuente de peligro. Los materiales del embalaje (plástico,
poliestireno, etc.) no se tienen que dispersar en el ambiente, ni
dejar al alcance de los niños porque son potenciales fuentes de
peligro. Antes de empezar la instalación comprobar la integridad
del producto.
No instalar el producto en ambiente y atmósfera explosivos: la
presencia de gases o humos inflamables representa un grave
peligro para la seguridad. Antes de instalar la motorización,
efectuar todas las modificaciones estructurales relativas a la
realización de los dispositivos de seguridad y a la protección o
segregación de todas las zonas de aplastamiento, cizallado,
arrastre y de peligro en general. Comprobar que la estructura
existente tenga los necesarios requisitos de robusteza y esta-
bilidad.
El constructor de la motorización no es responsable de la inob-
servancia de la Buena Técnica en la construcción de las puertas
y ventanas a motorizar, así como de las deformaciones que se
presentaran en la utilización.
Los dispositivos de seguridad (fotocélulas, costas sensibles, pa-
radas de emergencia, etc.) se tienen que instalar considerando:
las normativas y las directivas en vigor, los criterios de la Buena
Técnica, el ambiente de instalación, la lógica de funcionamiento
del sistema y las fuerzas desarrolladas por la puerta o cancela
motorizadas.
Los dispositivos de seguridad tienen que proteger eventuales
zonas de aplastamiento, cizallado, arrastre y de peligro en
general, de la puerta o cancela motorizadas. Aplicar las señali-
zaciones previstas por las normas vigentes para individuar las
zonas peligrosas.
En cada instalación tiene que estar visible la indicación de los
datos identificadores de la puerta o cancela motorizadas.
Antes de conectar la alimentación eléctrica asegurarse
de que los datos de placa respondan a los de la red de
distribución eléctrica.
Prever en la red de alimentación un interruptor/seccionador
omnipolar con distancia de apertura de los contactos igual o
superior a 3 mm. Comprobar que arriba de la instalación eléctrica
haya un interruptor diferencial y una protección de sobrecorriente
adecuados. Cuando se requiere, conectar la puerta o cancela
motorizadas a una eficaz instalación de puesta a tierra realizado
como indicado por las vigentes normas de seguridad. Durante
las intervenciones de instalación, mantenimiento y reparación,
cortar la alimentación antes de abrir la tapa para acceder a las
partes eléctricas.
La manipulación de las partes electrónicas se tiene que
efectuar dotándose de brazales conductores antiestáticos
conectados a tierra. El constructor de la motorización declina
toda responsabilidad en caso de que se instalen componentes
incompatibles a fines de la seguridad y del buen funcionamiento.
Para la eventual reparación o sustitución de los productos se
tendrán que utilizar exclusivamente recambios originales.
El instalador tiene que facilitar todas las informaciones relativas
al funcionamiento automático, manual y de emergencia de la
puerta o cancela motorizadas, y entregar al usuario de la insta-
lación las instrucciones de uso.
DOD - IP1733
DIRECTIVA MAQUINA
Segun la Directiva Maquina (98/37/CE) el instalador que "mo-
toriza" una puerta o una cancela tiene las mismas obligaciones
que el constructor de una máquina, y como tal debe:
- predisponer el fasciculo técnico que deberá contener los do-
cumentos indicados en el Anexo V de la Directiva Maquina;
(el fasciculo técnico debe ser conservado y puesto a disposición
de la autoridad nacional competente por lo menos diez años a
partir de la fecha de costrucción de la puerta motorizada);
- redactar la declaración CE de conformidad según el Anexo
II-A de la Directiva Maquina y entregarla al cliente;
- poner la marca CE sobre la puerta motorizada según el punto
1.7.3 del Anexo I de la Directiva Maquina.
Para mayores informaciones consultar el documento "Líneas
guía para la realización del fascículo técnico" disponible en
Internet en la dirección siguiente: www.ditec.it

MODO DE EMPLEO

Clase de servicio: 4 (aproximadamente 100 ciclos por día
durante 10 años o 200 ciclos por día durante 5 años)
Uso: INTENSIVO (Para accesos de inmuebles, edificios indu-
striales, comerciales, aparcamientos con paso para vehículos
o paso peatonal intensivo).
-
Las prestaciones de uso se refieren al peso recomendado
(aproximadamente 2/3 del peso máximo admitido). Su
utilización con el peso máximo admitido podría reducir las
prestaciones.
-
La clase de servicio, los tiempos de utilización y el número
de ciclos consecutivos tienen un valor indicativo. Se han
detectado estadísticamente en condiciones medias de uso
y no pueden ajustarse a todos los casos. Estos valores se
refieren al período en el cual el producto funciona sin nece-
sidad de mantenimiento extraordinario.
-
Cada acceso automático presenta elementos variables
como: fricciones, compensaciones y condiciones ambien-
tales que pueden modificar fundamentalmente tanto la
duración como la calidad de funcionamiento del acceso
automático o de una parte de sus componentes (entre los
cuales se encuentran los automatismos). Es responsabilidad
del instalador adoptar los coeficientes de seguridad adecua-
dos para cada instalación específica.
DECLARACIÓN DE FABRICANTE
(Directiva 98/37/CE, Anexo II, parte B)
Fabricante:
DITEC S.p.A.
Dirección:
via Mons. Banfi, 3
21042 Caronno P.lla (VA) - ITALY
Declara que el sistema serie DOD12-14-15
- es costruido para ser incorporado en una maquina o para ser
ensemblado con otras maquinarias para constituir un maquina
considerada por la directiva 98/37/CE;
- es conforme a las condiciones de las siguientes directivas CE:
Directiva compatibilidad electromagnética 89/336/CEE;
Directiva baja tensión 73/23/CEE;
y ademàs declara que no es consentido poner en servicio la
maquinaria hasta que la màquina en la cual serà incorporada o
de la cual serà componente haya sido declarada la conformi-
dad a las condiciones de la directiva 98/37/CE y a la legislaciòn
nacional que la transpone.
Caronno Pertusella,
18-11-2003
6
Fermo Bressanini
(Presidénte)

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