PARA EL INSTALADOR
INDICE
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DESCRIPCION DE LA CALDERA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . pág.
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INSTALACION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . pág.
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CARACTERISTICAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . pág.
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USO Y MANTENIMIENTO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . pág.
En el momento de efectuar el primer encendido de la caldera es conveniente proceder a los controles siguientes:
– Controlar que no haya líquidos o materiales inflamables cerca de la caldera.
– Controlar que la conexión eléctrica se haya llevado a cabo de manera correcta y que el cable de tierra esté
conectado con un buen sistema de puesta a tierra.
– Abrir el grifo del gas y controlar la estanqueidad de las conexiones, incluida la que del quemador.
– Asegurarse que la caldera esté predispuesta para funcionar con el tipo de gas de la red local.
– Controlar que el conducto de evacuación de los productos de la combustión esté libre y/o montado correcta-
mente.
– Controlar que las eventuales válvulas estén abiertas.
– Asegurarse que la instalación esté llena de agua y bien purgada.
– Controlar que la bomba de circulación no esté bloqueada
– Purgar el aire que se encuentra en el conducto de gas, purgando a través de la toma de presión que se encuen-
tra en la entrada de la válvula gas.
– El instalador debe instruir al usuario sobre el funcionamiento de la caldera y los dispositivos de seguridad.
FONDERIE SIME S.p.A ubicada en Vía Garbo 27 - Legnago (VR) - Italia declara que sus propias calderas de agua
caliente, marcadas CE de acuerdo a la Directiva Europea 2009/142/CEE están dotadas de termóstato de segu-
ridad calibrado al máximo de 110°C, están excluidas del campo de aplicación de la Directiva PED 97/23/CEE por-
que satisfacen los requisitos previstos en el artículo 1 apartado 3.6 de la misma.
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