ARCHIVO DE DOCUMENTOS►USO DE ARCHIVOS ALMACENADOS
FUSIÓN DE ARCHIVOS
Es posible combinar archivos que se hayan guardado usando la función Archivo de Documentos.
• Si ha seleccionado un único archivo, la tecla [Combinar archivo] no se muestra.
• El nombre de este archivo será una combinación del "nombre del primer archivo", una "virgulilla (~)" y un "N.º serie". Si es
necesario, puede cambiar el nombre de archivo posteriormente.
• Los archivos se unen en el orden seleccionado.
Tras seleccionar los dos archivos que desee, siga los pasos que se indican a continuación.
SELECCIÓN DE UN ARCHIVO PARA RECUPERARLO (página 6-22)
►
1
Carpeta Princ.
Nombre de Archivo
Copy_04042015_112030
Copy_04042015_112100
Copy_04042015_112130
Copy_04042015_112200
Copy_04042015_112230
Copy_04042015_112300
Copy_04042015_112330
Seleccionar todo
Imp. por lotes
Añada la información del archivo.
2
Para seleccionar el nombre de usuario, el nombre de archivo, la carpeta y la configuración de propiedad, consulte
"Información de archivo (página
► Cambio de la propiedad (página 6-12)
► Especificación de un nombre de usuario (página 6-13)
► Asignación de un nombre de archivo (página 6-13)
► Especificación de la carpeta (página 6-13)
► Creación de un PDF para examinar en PC (página 6-13)
Para borrar el archivo original, seleccione la casilla de verificación [Elim. archivo original].
Toque la tecla [Ejecute].
3
Se iniciará la combinación de los archivos y, una vez finalizada, aparecerá el mensaje "Combinación completa".
Para cancelar la operación
Toque la tecla [CA]. Tenga en cuenta que la operación no se podrá cancelar cuando el archivo original se esté borrando
tras la combinación de los archivos.
&Imprimir
Tod. Archivos
Mover
Nombre de Usuario
Fecha
Combinar archivo
Usuario descon.
2015/06/24
Imprimir y borrar los
Usuario descon.
2015/06/24
datos
Usuario descon.
2015/06/24
Usuario descon.
2015/06/24
Usuario descon.
2015/06/24
Usuario descon.
2015/06/24
Usuario descon.
2015/06/24
Imprimir ahora
Borrar
6-12)".
Toque [Combinar archivo] en el panel
de acciones.
CA
6-31