GARANTÍA LIMITADA
Bunn-O-Matic garantiza que la cafetera BUNN NHB ("Cafetera") está libre de defectos en material
y mano de obra al momento de su fabricación y los que aparezcan dentro de uno de los siguientes
períodos de garantía, con excepción de el recipiente de vidrio que se utiliza para servir:
a)
Tres (3) años desde la fecha de la compra original de una CAFETERA NUEVA.
b)
La fecha que sea posterior a los tres (3) años de la fecha de compra original o posterior al año
(1) de la fecha en que la CAFETERA FUE REPARADA O en que el cliente recibió la CAFETERA
REEMPLAZADA cuando se la devolvió a Bunn-O-Matic antes de que venza la garantía de la
nueva cafetera.
c)
Un (1) año de garantía desde la fecha en que el cliente haya recibido la CAFETERA REPARADA O
REEMPLAZADA cuando se haya devuelto a Bunn-O-Matic después de que la nueva garantía de la
cafetera haya vencido.
d)
Un (1) año a partir de la fecha de compra de una CAFETERA REMANUFACTURADA.
Si el defecto aparece durante el período de garantía, repararemos o reemplazaremos la cafetera
defectuosa (únicamente a discreción nuestra) sin costo alguno por el servicio o las piezas, con la
condición de que el cliente corra con los gastos de envío de la cafetera a uno de los centros de servicio
autorizados que se encuentran enumerados en la página 11 de este folleto. Esta garantía no cubre
reclamos que sean consecuencia del uso inadecuado del producto, aquellos debidos a no haber
seguido las instrucciones de instalación y uso, cuando se utilice con agua que tenga un alto contenido
de minerales, negligencia, utilización de accesorios no autorizados, uso comercial, uso con una
corriente o voltaje diferente de aquel especificado en la cafetera o el servicio no autorizado durante el
período de garantía en condiciones que de otra forma estarían cubiertas por la garantía.
ESTA GARANTÍA SERÁ EXCLUSIVA Y SUSTITUYE CUALQUIER OTRA GARANTÍA EXPRESA,
ESCRITA U ORAL, INCLUYENDO PERO SIN LIMITARSE A CUALQUIER GARANTÍA EXPRESA DE
IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO O ADECUACIÓN PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR.
LA DURACIÓN DE CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA INCLUYENDO, PERO SIN LIMITARSE A
CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO O ADECUACIÓN
PARA UN F N PARTICULAR ESTÁ EXPRESAMENTE LIMITADA AL PERÍODO DE DURACIÓN DE
ESTA GARANTÍA LIMITADA. Algunos estados no permiten limitaciones sobre la duración de una garantía
implícita, de modo que la limitación mencionada es posible que no aplique en su caso.
EL RECURSO EXCLUSIVO DEL CLIENTE POR EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA GARANTÍA
O DE CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA O DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN QUE SURJA
CONFORME A LA LEY ESTARÁ LIMITADO SEGÚN LO ESPECIFICADO ANTERIORMENTE
PARA REPARAR O REEMPLAZAR, A NUESTRA ÚNICA DISCRECIÓN. EN CUALQUIER CASO
SE EXCLUYE EXPRESAMENTE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS INCIDENTALES O
CONSECUENCIALES.
Algunos estados no permiten la exclusión o limitación de daños incidentales o consecuenciales, de
modo que la limitación o exclusión anteriormente expresada puede que no sea aplicable en su caso.
Esta garantía le otorga derechos legales específicos, pero también podría tener otros derechos que
varían de estado a estado.
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