Seguridad
2.5
2.5.1
2.5.2
26
Obligación de diligencia
La seguridad de la bicicleta solo puede asegurarse si
se toman todas las medidas necesarias para ello.
Propietario
La obligación de diligencia del propietario tiene como
objeto la planificación de las medidas y el control de
su ejecución.
El propietario:
•
Pone el manual de instrucciones a disposición del
ciclista durante el tiempo de utilización de la bicicleta.
En caso necesario, deberá traducir el manual de
instrucciones a un idioma comprensible para el
ciclista.
•
Instruye al ciclista sobre las funciones de la bicicleta
antes del primer trayecto. Solamente deberán circular
los ciclistas instruidos.
•
Instruye al ciclista sobre el uso conforme a lo previsto
y a la utilización del equipo de protección individual.
•
Encarga al personal especializado el
mantenimiento y la reparación de la bicicleta.
Ciclista
El ciclista:
•
Debe recibir formación antes del primer trayecto. Las
preguntas sobre el manual de instrucciones deben
aclararse con el propietario o el distribuidor
especializado.
•
Lleva el equipo de protección individual.
•
En caso de transmisión de la bicicleta, cede todas
las obligaciones al propietario.
MY19B06-3_1.0_21.08.2019