Ponga especial atención a las prescripciones
por lo que concierne la aireación y la
ventilación de los locales.
Las
repisas,
colocadas arriba del aparato deberán
mantener una distancia no inferior a 700
mm con relación a la superficie de trabajo.
Ventilación de los locales
Para garantizar un correcto funcionamiento
del aparato, el lugar donde se instale se
debe ventilar continuamente. El volumen
del lugar no deberá ser inferior a 25 m³
y la cantidad de aire necesaria deberá
calcularse sobre la combustión del gas
y la ventilación del lugar. El flujo natural
del aire se obtendrá a través de ranuras
permanentes y abiertas en las paredes del
lugar a ventilar: dichas ranuras deberán
estar conectadas con el exterior y tener
una sección mínima de 100 cm².
Las ranuras se deben realizar de manera
que no se puedan obstruir.
También está permitida la ventilación
indirecta, tomando el aire de los locales
contiguos, respetando rigurosamente lo
prescrito por las normas locales aplicables.
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Guía de uso
muebles
o
campanas
Entrada de aire:
min. 100 cm²
ATENCIÓN: si los quemadores del
aparato no tienen el dispositivo de
seguridad por medio de
las ranuras de ventilación mencionadas
deberán tener una sección mínima de
200 cm².
Ubicación y aireación
Los aparatos a gas siempre deben eliminar
los productos de la combustión por medio
de campanas conectadas a chimeneas,
ventiladores o directamente al exterior.
En caso de que no se pueda instalar una
campana, está permitida la utilización de
un ventilador instalado sobre la ventana
o directamente al exterior, que se debe
poner a funcionar simultáneamente con el
aparato, siempre que, sean rigurosamente
respetadas las disposiciones relativas a la
ventilación descritas en las normas locales.
termopares,
Entrada de aire:
min. 100 cm²