Índice de contenidos
2.6
Formación del personal
Personas
Actividad
Carga/Transporte
Puesta en funcionamiento
Ajuste, preparación
Servicio
Mantenimiento
Detección y supresión de averías
Eliminación
Leyenda:
12
Únicamente podrán trabajar con/en la máquina personas formadas e
instruidas. El propietario debe determinar de forma clara las respon-
sabilidades de cada persona para el manejo, el mantenimiento y la
conservación.
Las personas en formación únicamente podrán trabajar con/en la
máquina bajo la supervisión de una persona experimentada.
Persona forma-
da especialmen-
te para la activi-
1)
dad
X
--
--
--
--
--
X
X..permitido
--..no permitido
1)
Una persona que se puede hacer cargo de una tarea específica
y que puede realizarla para una empresa cualificada correspon-
dientemente.
2)
Se considera persona instruida aquella que está informada de
las tareas encomendadas y de los posibles peligros en caso de
un comportamiento incorrecto y que ha recibido formación sobre
las medidas de protección y los dispositivos de protección nece-
sarios.
3)
Las personas con una formación específica en una materia se
consideran especialistas. Gracias a su formación especializada
y al conocimiento de la normativa aplicable, pueden valorar los
trabajos encomendados y reconocer los posibles peligros.
Observación:
Una cualificación equivalente a la formación especializada pue-
de haberse adquirido mediante el ejercicio de la actividad en el
ámbito correspondiente durante años.
Solo un taller especializado puede realizar los trabajos de manteni-
miento y conservación de la máquina cuando estén identificados con
la designación "Trabajo de taller". El personal de un taller especiali-
zado dispone de los conocimientos necesarios y de los medios auxi-
liares adecuados (herramientas, dispositivos elevadores y de apoyo)
para realizar los trabajos de mantenimiento y conservación de la
máquina de forma correcta y segura.
Persona ins-
Personas con una forma-
2)
truida
ción especializada
(Taller especializado)
X
X
--
X
--
X
--
Catros-T BAG0036.1 04.07
3)
X
--
X
--
X
X
--