El fabricante o apoderado se comprometen a entregar, previa petición fundada, la documenta-
ción especial sobre la cuasi máquina en los organismos nacionales correspondientes. Dicha ent-
rega se realizará previa consulta en forma electrónica o impresa.
Los derechos de propiedad industrial permanecen intactos.
Nota importante: la máquina incompleta solo debe ponerse en funcionamiento tras acreditar que
la máquina en la que ha de integrarse la cuasi máquina cumple las disposiciones de esta directiva.
Minden, 27/04/2016
Lugar / Fecha
Minden, 27/04/2016
Lugar / Fecha
Firma
Firma
1. Declaración de incorporación
Director técnico
Datos del firmante
Gerente
Datos del firmante
101