– Desgaste y deterioro causado por el uso normal; por ejemplo, de neumáticos,
batería, escobillas del generador, faros herméticos y bombillas, discos de em-
brague y revestimientos, correa de la transmisión, pastillas de freno, zapatas
de freno, rotores y ruedas dentadas.
– Optimizaciones y ajustes, como alineación y ajuste de la correa y equilibrado de
las ruedas.
– Daños relacionados con la apariencia del roadster, como arañazos, mellas, deco-
loración, descamado, pelado y daños en el material que cubre los asientos.
– Daños ocasionados por la falta de mantenimiento o de almacenamiento adecua-
dos, teniendo en cuenta lo descrito en la Guía del usuario.
– Daños resultantes de la retirada de piezas, reparaciones incorrectas, operacio-
nes de servicio técnico o de mantenimiento indebidas, modificaciones, altera-
ciones al margen de las especificaciones originales del roadster, o bien daños re-
sultantes de reparaciones realizadas por personas que no pertenezcan a un dis-
tribuidor autorizado de Spyder.
– Daños resultantes de la instalación de piezas con especificaciones distintas de
las piezas originales del Spyder, como neumáticos, componentes del sistema
de escape, ruedas o frenos.
– Daños causados por el abuso, uso indebido, negligencia o utilización del
roadster Spyder al margen de las recomendaciones que figuran en la Guía del
usuario.
– Daños resultantes de accidentes, factores de riesgo de la carretera, inmersión,
incendio, robo, vandalismo o catástrofes naturales.
– Daños resultantes del uso de combustibles, aceites o líquidos con especifica-
ciones distintas de las recomendadas en la Guía del usuario.
– Daños resultantes de la corrosión por sal en la carretera, ácido de batería, facto-
res ambientales o tratamientos contrarios a las indicaciones de la Guía del usua-
rio.
– Daños fortuitos o emergentes, incluidos, entre otros, gastos de arrastre o
remolcado, almacenamiento, teléfono, alquiler, taxi, incomodidades, costo
de seguros, pagos de cuotas de préstamos, pérdida de tiempo, pérdida de
ingresos.
4. PERÍODO DE COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá vigencia a partir de la fecha de entrega al primer consu-
midor minorista o de la fecha en la que el roadster sea puesto en funcionamiento
por vez primera (lo que suceda primero) y durante los siguientes períodos:
1. para uso recreativo particular, VEINTICUATRO (24) MESES CONSECUTIVOS,
excepto los elementos enumerados en los apartados (2) a (5) que figuran
a continuación; para uso comercial, DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS,
excepto los elementos enumerados en los apartados (2) a (5) que figuran a
continuación.
Se considera que el uso de un roadster es comercial cuando guarda relación
con cualquier tarea o empleo que genere ingresos durante cualquier época
comprendida en el período de garantía. También se considera que un roadster
se usa comercialmente cuando, en cualquier momento del período de garan-
tía, se cuenta con licencia para su uso comercial;
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