• Paso de corriente eléctrica
para arrancar el vehículo.
• Transmisión de mensajes
telefónicos urgentes.
• Llamado a servicios de
emergencia.
• Servicio de grúa al Distribuidor
Buick más cercano, en el caso
de que su vehículo quede
imposibilitado a continuar su
camino debido a un desperfecto.
En caso de que el vehículo esté
involucrado en un accidente bajo
cualquier causa o se encuentre
en un incidente que implique
la comisión de un delito o falta
administrativa o infracción a los
reglamentos de tránsito vigentes,
Asistencia en el Camino GM no
se verá obligado a proporcionar
el servicio. Cuando el vehículo
no esté accesible para ser remol-
cado por la grúa, las maniobras
para accederlo tendrán un costo
para usted.
• Si el vehículo no puede ser
recibido por el Distribuidor Buick
debido al horario, el vehículo
quedará en custodia por un
máximo de 48 horas en un lugar
seguro hasta que pueda ser
trasladado al Distribuidor Buick
más cercano. En caso de que
los costos excedan los montos
autorizados (para mayor infor-
mación de los montos autori-
zados, se puede comunicar a
Asistencia en el Camino GM),
usted deberá cubrir la diferencia
en el momento del evento.
Ayuda al propietario
• Interrupción de viaje; cuando
esté viajando o se localice fuera
de su ciudad de residencia o
su área metropolitana y si su
vehículo esté impedido para
continuar el viaje, y si la repara-
ción no puede realizarse en el
mismo día por el Distribuidor
más cercano, por lo que el
vehículo requerirá permanecer
en el Distribuidor por una noche
ó más; en este caso, además de
los servicios antes mencionados,
usted tiene derecho a escoger
una de las siguientes alternativas,
para las cuales el monto de cada
una de ellas tiene un límite de
acuerdo a las políticas vigentes
en el momento del evento; al
solicitar este servicio el Centro
de Asistencia en el Camino
GM se los hará saber. En caso
de que los costos excedan los
montos autorizados, usted
deberá cubrir la diferencia en
el momento del evento:
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