Capítulo 2: Seguridad
2.1 Empleo siguiendo las disposiciones pertinentes
La autocaravana está concebida como lugar de alojamiento
durante viajes a nivel privado y no con un fin comercial. Se trata
de un vehículo recreativo habitable con área de alojamiento que
se puede emplear provisionalmente o por temporadas y que
cumple con los requisitos de ser un vehículo de carretera tanto
por construcción como por empleo. No está previsto su empleo
como lugar de residencia habitual. Además en el vehículo no
deberá pernoctar un número superior de personas al previsto.
En la vía pública solo se empleará el vehículo según las dispo-
siciones del reglamento general de circulación y del reglamento
de autorización de circulación.
La autocaravana no se empleará para el transporte comercial
de personas, animales o mercancías. Solo se utilizará la auto-
caravana durante el desplazamiento por carretera para llevar
equipamiento personal. Si bien no es admisible transportar
cargas no seguras o paquetes.
Toda persona que viaje deberá estar sentada en un asiento con
cinturón de seguridad y llevarlo abrochado durante el trayecto.
Solo deberá viajar el número de personas que dispongan de un
asiento con cinturón de seguridad.
Es preciso tener en cuenta que no se deberá sobrepasar en
cada eje el peso total técnicamente admisible ni la(s) carga(s)
admisible(s) sobre el eje.
Se prohíbe cualquier empleo de la autocaravana que no sea el
que se describe aquí y el uso indebido se considerará que va
en contra de la disposiciones.
2.2 Información general
• La autocaravana solo deberá circular por la vía pública con
la correspondiente clase válida de permiso de conducir.
• Es imprescindible observar las descripciones de los
aparatos incorporados (frigorífico, calefacción, hornillo,
etc.) y las correspondientes instrucciones de empleo y de
servicio del vehículo básico.
• Si se instalan accesorios o equipamientos por deseo es-
pecial del cliente, pueden cambiar las dimensiones, peso
y comportamiento en marcha de la autocaravana.
• Emplear únicamente neumáticos y llantas autorizadas
para su autocaravana. Para mayor información sobre las
dimensiones de neumáticos y llantas, consulte la docu-
mentación del vehículo o el capítulo 14.4.
Se han colocado etiquetas de aviso e indicación en dife-
rentes lugares del vehículo. Dichas indicaciones son para
su seguridad y no deberán retirarse.
1. Introducción
2. Seguridad
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