Español
Advertencia CEM (compatibilidad electromagnética)
Este equipo ha sido testado y se ha demostrado que cumple los límites marcados para aparatos
médicos según las normas EN 60601-1-2:2007. Estos límites han sido diseñados para facilitar
una protección razonable contra interferencias nocivas en una instalación médica típica. Este
equipo genera, emplea y puede radiar energía de radiofrecuencia y si no se instala y se utiliza
siguiendo las instrucciones, podría originar interferencias nocivas para otros dispositivos que
pudieran encontrase en las proximidades. Sin embargo no hay una garantía total de que no se
vayan a dar interferencias con una instalación concreta. Si éste equipo diera lugar a
interferencias nocivas con otros dispositivos, lo que puede determinarse encendiendo y
apagando el equipo, se aconseja al usuario probar a corregir la interferencia aplicando una o
varias de las siguientes medidas:
Recolocar y reorientar el aparato receptor.
Aumentar la distancia entre aparato a aparato.
Conectar el aparato a una toma distinta del resto de los aparatos.
Consulte con su fabricante o su servicio técnico correspondiente para obtener más ayuda.
Se han realizado las pruebas pertinentes con este sistema y ha sido aprobado de conformidad
con la normativa no-obligatoria siguiente: FDA
1.2 Uso previsto
Este aparato está destinado a suministrar una presión positiva continua a las vía respiratorias
(CPAP) para el tratamiento de la Apnea Obstructiva del Sueño en adultos (AOS).
Precauciones: Algunos pacientes pueden tener contraindicaciones para terapia CPAP o podrían
experimentar algunos efectos secundarios del uso de CPAP. Consulte a su
médico si tiene alguna pregunta relacionada con la terapia.
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NOTA 1: A 80 MHz y 800 MHz se aplica el rango de frecuencias más alto.
NOTA 2: Puede que estas pautas no sean aplicables en todas las situaciones. La propagación
electromagnética se ve afectada por la absorción y la reflexión de estructuras, objetos y personas.
a) Las bandas industriales, científicas y médicas (ICM) entre 150 kHz y 80 MHz van de 6,765 MHz a
6,795 MHz; de 13,553 MHz a 13,567 MHz; de 26,957 MHz a 27,283 MHz; y de 40,66 MHz a 40,70
MHz.
b) Los niveles de homologación en las bandas de frecuencia ICM entre 150 kHz y 80 MHz y en el
rango de frecuencias de 80 MHz a 2,5 GHz están concebidos para reducir la probabilidad de que
los equipos móviles y portátiles de comunicaciones puedan ocasionar interferencias si se
introducen de manera inadvertida en áreas con pacientes. Por este motivo, se emplea un factor
adicional de 10/3 al calcular la distancia de separación recomendada para los transmisores en
estos rangos de frecuencias.
c) Las intensidades de campo de los transmisores fijos, tales como estaciones base de radioteléfonos
(móviles o inalámbricos) y radios móviles terrestres, equipos de radioaficionados, emisiones de
radio AM y FM y emisiones de TV, no pueden predecirse teóricamente con exactitud. Para evaluar
el entorno electromagnético debido a los transmisores de radiofrecuencia fijos, se debe considerar
la posibilidad de realizar un estudio electromagnético del emplazamiento. Si la intensidad de
campo medida en la ubicación en que se utiliza el dispositivo supera el correspondiente nivel de
homologación de radiofrecuencia especificado anteriormente, el dispositivo deberá observarse
para comprobar que funciona correctamente. Si se observa un funcionamiento anómalo, es
posible que sea preciso tomar medidas adicionales, tales como cambiar la orientación o la
ubicación del dispositivo.
d) En el rango de frecuencias de 150 kHz a 80 MHz, las intensidades de campo deben ser inferiores
a 3 V/m.
generados por transmisores de
radiofrecuencia fijos,
determinadas por un estudio
electromagnético del
c
emplazamiento
, deben ser
inferiores al nivel de
homologación de cada rango de
d
frecuencias
.
Pueden producirse
interferencias en las
proximidades de equipos
marcados con el siguiente
símbolo:
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