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Declaración de conformidad de la Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC)
Este equipo cumple con la sección 15 de las normas de la Comisión
Federal de Comunicaciones (FCC). El funcionamiento está sujeto
a dos condiciones que se indican a continuación: (1) El equipo no
podrá producir interferencias perjudiciales y (2) el equipo debe
aceptar todas las interferencias recibidas, incluso las interferencias
que puedan provocar un funcionamiento no deseado.
La realización de cambios o modificaciones no aprobados
expresamente por la parte responsable del cumplimiento
podrá anular la autoridad del usuario para operar el equipo.
Este equipo ha sido sometido a pruebas y los resultados
indican que cumple con los límites para los equipos digitales de
clase B, de acuerdo con la sección 15 de las normas de la FCC.
Dichos límites han sido establecidos para brindar protección
razonable contra interferencias perjudiciales en instalaciones
residenciales. Este equipo genera, usa y puede irradiar energía
de radio frecuencia y, si no se instala y utiliza de acuerdo con
las instrucciones, puede causar interferencias perjudiciales
para la radiocomunicación. Sin embargo, no se garantiza que
no ocurrirán interferencias en una instalación particular. Si este
equipo genera interferencia perjudicial para la recepción de
radio o televisión, lo cual se puede determinar encendiendo
y apagando el equipo, el usuario deberá tratar de corregir la
interferencia tomando una o más de las siguientes medidas:
- Reorientar o reubicar la antena de recepción.
- Aumentar el espacio entre el equipo y el receptor.
- Conectar el equipo a un enchufe en un circuito distinto del
que está conectado el receptor.
- Consultar al vendedor o a un técnico de televisión o radio
experimentado.
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