Sea-doo GTX PRO 130 Guia Del Usuario página 156

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G G A A R R A A N N T T Í Í A A R R E E L L A A C C I I O O N N A A D D A A C C O O N N L L A A S S E E M M I I S S I I O O N N E E S S
D D E E L L A A N N O O R R M M A A T T I I V V A A E E S S T T A A D D O O U U N N I I D D E E N N S S E E E E P P A A
Bombardier Recreational Products Inc. ("BRP") garantiza al comprador final y a
cada comprador posterior que este nuevo motor, incluidas todas las piezas de
su sistema de control de emisiones de escape y su sistema de control de emisio-
nes por evaporación, cumple dos condiciones:
1. Está diseñado, construido y equipado de manera que, en el momento de la
venta al comprador final, cumple los requisitos de 40 CFR 1045 y 40 CFR
1060.
2. No tiene defectos en los materiales ni en la fabricación que pudieran impedir
que cumpla los requisitos de 40 CFR 1045 y 40 CFR 1060.
Si se cumplen los requisitos de cobertura de garantía, BRP reparará o sustituirá,
según corresponda y sin coste alguno para usted, cualquier pieza o componente
con un defecto en los materiales o en la fabricación que pudiera aumentar las
emisiones del motor de cualquier sustancia contaminante dentro del periodo de
garantía establecido. Esto incluye aquellos gastos relacionados con las opera-
ciones de diagnóstico y reparación o sustitución de las piezas relacionadas con
las emisiones. Todas las piezas defectuosas sustituidas según esta garantía pa-
sarán a ser propiedad de BRP.
Con respecto a las reclamaciones de garantía relacionadas con las emisiones,
BRP limita el diagnóstico y la reparación de las piezas relacionadas con las emi-
siones a los distribuidores autorizados de Sea-Doo, con excepción de las repa-
raciones de emergencia conforme al artículo 2 de la siguiente lista.
Como fabricante certificante, BRP no rechazará las reclamaciones de garantía
relacionadas con las emisiones sobre la base de lo siguiente:
1. El mantenimiento u otro servicio realizado por BRP o las plantas autorizadas
de BRP.
2. El trabajo de reparación del motor/equipo que realice el usuario para corregir
una condición insegura de emergencia atribuible a BRP siempre que el usua-
rio intente restaurar la configuración adecuada del motor/equipo tan pronto
como sea posible.
3. Cualquier acción u omisión por parte del usuario que no tenga relación con la
reclamación de garantía.
4. El mantenimiento que se haya realizado con más frecuencia de la especifica-
da por BRP.
5. Todo lo que se considere una falta o responsabilidad de BRP.
6. El uso de cualquier combustible que se encuentre normalmente disponible
donde circule la embarcación, a menos que las instrucciones de manteni-
miento por escrito de BRP indiquen que este combustible podría dañar el sis-
tema de control de emisiones del equipo y los pilotos puedan encontrar el
combustible adecuado con facilidad. Consulte el apartado dedicado a la infor-
mación de mantenimiento y los requisitos de combustible en el apartado de-
dicado al combustible.
P P e e r r i i o o d d o o d d e e l l a a g g a a r r a a n n t t í í a a r r e e l l a a c c i i o o n n a a d d a a c c o o n n l l a a s s e e m m i i s s i i o o n n e e s s
La garantía relacionada con las emisiones es válida durante el siguiente período
(lo que suceda primero):
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