Este dispositivo cumple con la parte 15 de las Normas FCC. Su operación está sujeta a las dos condiciones siguientes:
1. Este dispositivo no debe causar interferencia dañina, y
2. tiene que aceptar cualquier interferencia recibida, incluso aquella que pudiera causar funcionamiento no deseado.
Nota: Este equipo ha sido probado y cumple con las exigencias de límites para un dispositivo digital de Clase B, según la Parte 15 de la normativa
FCC. Estos límites fueron establecidos para dar protección razonable contra interferencia nociva en uso residencial. Este equipo genera, consume y
puede irradiar energía de radiofrecuencia; si no se instala y usa de acuerdo con las instrucciones, puede causar interferencia nociva a comunicaciones
radiales. Sin embargo, no hay garantía de que no ocurrirá interferencia en cierta instalación particular. Si este equipo causa interferencia perjudicial a
la recepción de radio o televisión, que puede determinarse encendiendo y apagando el equipo, se exhorta al usuario a tratar de corregir la interferencia
mediante una o más de las siguientes medidas:
•
Reorientar o reubicar la antena receptora.
•
Incrementar la distancia entre el equipo y el receptor.
•
Conectar el equipo a un tomacorriente de circuito distinto al que el receptor esté conectado.
•
Para obtener ayuda, consulta al distribuidor o algún técnico de radio/TV con experiencia.