BRP DS 450 Serie Guia Del Usuario página 164

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GARANTÍA LIMITADA DE BRP PARA EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO, LA COMUNIDAD DE
ESTADOS INDEPENDIENTES Y TURQUÍA: ATV CAN-AM
de garantía aplicables a los productos vendidos durante la vigencia de
esta garantía.
3) EXCLUSIONES NO CUBIERTAS POR LA GARAN-
TÍA
Los casos siguientes no quedan cubiertos por esta garantía limitada bajo
ninguna circunstancia:
-
Desgaste y deterioro causado por el uso normal.
-
Elementos de mantenimiento rutinario, optimizaciones, ajustes;
-
Daños ocasionados por negligencia o por no realizar un mantenimiento
o un almacenamiento adecuados, según se describe en la Guía del
usuario.
-
Daños resultantes de la retirada de piezas, reparaciones incorrectas,
operaciones de servicio técnico o modificaciones indebidas, el uso de
piezas no fabricadas ni aprobadas por BRP, que según un criterio razo-
nable sean incompatibles con el producto o repercuta negativamente
en su operación, rendimiento y durabilidad; o bien daños resultantes
de reparaciones realizadas por personas que no pertenezcan al servicio
técnico autorizado de un concesionario o establecimiento distribuidor
de Can-Am ATV;
-
Daños causados por el abuso, uso indebido, negligencia, uso en com-
petición o utilización del producto al margen de las recomendaciones
que figuran en la Guía del usuario;
-
Daños causados por accidentes, inmersión, incendio, nieve o entrada
de agua, robo, vandalismo o fuerza mayor;
-
El uso de combustibles, aceites o lubricantes no adecuados para el
producto (consulte la Guía del usuario);
-
Daños por óxido, corrosión o exposición a los elementos;
-
Daños y perjuicios incidentales o indirectos, o daños de cualquier tipo,
incluidos, entre otros, costes de transporte, grúa, almacenamiento,
teléfono, alquiler, taxi, incomodidades, cobertura de seguro, pagos de
préstamos, pérdida de tiempo, pérdida de ingresos o pérdida de
tiempo debido al tiempo fuera de servicio por trabajos de mantenimien-
to.
4) PERÍODO DE COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá efecto a partir de (1) la fecha de entrega al
primer consumidor minorista o (2) la fecha en la que el producto sea
puesto en funcionamiento por vez primera (lo que suceda primero) y du-
rante un período de:
VEINTICUATRO (24) MESES CONSECUTIVOS para uso privado.
SEIS (6) MESES CONSECUTIVOS para uso comercial o alquiler.
El producto se utiliza de forma comercial cuando su uso guarda relación
con algún tipo de trabajo o empleo que genere ingresos, durante cualquier
parte del período de garantía. El producto se utiliza también de forma co-
mercial cuando, en algún momento del período de garantía, tiene licencia
para un uso comercial.
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TM
DE 2014

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