2. Seguridad
2.1 Empleo siguiendo las disposiciones pertinentes
2.2 Información general
Letrero de aviso para la presión de los neumáticos
2.3 Prevención de incendios
La caravana está concebida como lugar de alojamiento durante viajes
a nivel privado y no con un fin comercial. Se trata de un vehículo re-
creativo habitable con un área de alojamiento que se puede emplear
provisionalmente o por temporadas y que cumple con los requisitos de
ser un vehículo de carretera tanto por construcción como por empleo.
No está previsto su empleo como lugar de residencia habitual. Además
en el vehículo no deberá pernoctar un número superior de personas
al previsto. En la vía pública solo se empleará el vehículo según las
disposiciones del reglamento general de circulación y del reglamento
de autorización de circulación.
La caravana está únicamente concebida para ser remolcada por un
automóvil y no por un camión, autobús o cualquier otro vehículo
similar. No se empleará para el transporte de personas, animales o
mercancías. Durante el trayecto no deberá haber personas o animales
en la caravana. Durante la circulación solo se dispondrá de la caravana
para el transporte de equipamiento personal. Si bien no es admisible
transportar cargas no seguras o paquetes.
Es preciso tener en cuenta que no se deberá sobrepasar en cada eje el
peso total técnicamente admisible ni la(s) carga(s) admisible(s) sobre el eje.
Se prohíbe cualquier empleo de la caravana que no sea el que se
describe aquí y el uso indebido se considerará que va en contra de la
disposiciones.
• La caravana solo deberá circular por la vía pública con la corre-
spondiente clase válida de permiso de conducir.
• Deberán observarse las correspondientes instrucciones de uso,
así como los manuales de empleo de los fabricantes de los elec-
trodomésticos integrados (frigorífico, calefacción, hornillo, etc.).
• Si se instalan accesorios o equipamientos opcionales, pueden cambi-
ar las dimensiones, peso y comportamiento en marcha de la carava-
na. Si posteriormente se realizan montajes adicionales, es necesario
será que se efectúe el registro obligatorio de ciertos accesorios.
• Emplear únicamente neumáticos y llantas autorizadas para cara-
vanas. Para mayor información sobre las dimensiones de neumá-
ticos y llantas, consulte la documentación del matriculación o el
capítulo 14.4. Neumáticos y llantas.
Se han colocado etiquetas de aviso e indicación en dife-
rentes lugares del vehículo. Dichas indicaciones son para
su seguridad y no deberán retirarse.
Medidas preventivas para evitar incendios
• No dejar a niños o personas vulnerables solos en el vehículo.
• Los materiales combustibles se deberán mantener alejados de los
aparatos de calefacción y aparatos eléctricos para cocinar.
• Sólo los talleres técnicos autorizados serán los encargados de re-
alizar trabajos en caso de desear modificaciones de la instalación
eléctrica, instalación de gas o de los aparatos incorporados.
• Poner un extintor en la puerta de entrada principal.
• Es preciso familiarizarse con las indicaciones que aparecen en el extintor.
• Poner una manta refractaria cerca del hornillo eléctrico.
• Dejar libres todas las salidas de emergencia.
• Es preciso familiarizarse con las normas de seguridad que se tom-
rán en el terreno.
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