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Controles de seguridad a efectuar en intervalos regulares y tras
acontecimientos extraordinarios
Un inspector cualificado debe inspeccionar la carretilla como mínimo una vez al año
o tras un accidente. El inspector deberá valorar el estado de la carretilla basándose
exclusivamente en los aspectos relevantes para la seguridad, sin dejarse influir por
factores productivos o económicos. Tiene que demostrar que posee los conoci-
mientos y la experiencia suficientes como para poder juzgar el estado de una
carretilla y la eficacia de los dispositivos de seguridad de conformidad con el
reglamento técnico y los principios básicos de verificación de carretillas.
La inspección debe constar de un examen completo del estado técnico de la carretilla
desde el punto de vista de la prevención de accidentes. Además, se debe examinar
a fondo la carretilla por si presentara daños debidos a un posible uso inadecuado de
la misma. Se debe establecer un protocolo de control. Los resultados del control se
guardarán al menos durante dos años, hasta que se realicen los dos siguientes
controles.
La entidad explotadora debe asegurarse de subsanar todas las carencias de
inmediato.
Si la carretilla no cumple los criterios de servicio y seguridad normales y no es posible
devolverla a un estado que cumpla con las normas, directrices y prescripciones
relevantes para la seguridad en el puesto de trabajo, se deberá proceder a su
desguace. Los componentes desmontados y los materiales de servicio retirados
deben ser eliminados profesionalmente, de conformidad con las normas vigentes de
protección medioambiental.
NOTA
Para ello, el fabricante dispone de un servicio especial de seguridad dotado
de personal especialmente cualificado. Como prueba óptica de que la
carretilla ha superado el control de seguridad, se colocará en el vehículo una
placa. En dicha placa se indican el mes y el año en que se tiene que repetir
el control.
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