Sea-doo 150 SPEEDSTER Guia Del Usuario página 156

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• Daños y perjuicios incidentales o indirectos, o daños de cualquier tipo, inclui-
dos, entre otros, costes de grúa, almacenamiento, teléfono, alquiler, taxi, in-
comodidades, cobertura de seguro, pagos de préstamos, pérdida de tiempo,
pérdida de ingresos;
• Daños al acabado incluyendo, sin ser exhaustiva la enumeración, defectos cos-
méticos del acabado, burbujas, picado, agrietado; y delaminación de la fibra de
vidrio causada por ampollas, agrietado, arañazos, cuarteado o exposición a los
elementos.
3) DURACIÓN DE LA COBERTURA DE LA GARANTÍA
La presente garantía tendrá efecto a partir de la fecha de entrega al primer con-
sumidor minorista o la fecha en que la Embarcación deportiva se ponga en fun-
cionamiento por vez primera, lo que suceda primero, durante un período de:
• DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS para uso privado, recreativo, excepto la
cubierta y la estructura del casco de fibra de vidrio, cuya cobertura de garantía
es de SESENTA (60) MESES CONSECUTIVOS;
• CUATRO (4) MESES CONSECUTIVOS para uso comercial, excepto la cubierta
y la estructura del casco de fibra de vidrio, cuya cobertura de garantía es de
DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS. Una Embarcación deportiva se utiliza de
forma comercial cuando se su uso guarda relación con la generación de ingre-
sos o con algún tipo de trabajo o empleo durante cualquier parte del período
de garantía. Una Embarcación deportiva se utiliza también de forma comercial
cuando, en algún momento del período de garantía, tiene distintivos comer-
ciales o licencia para su uso comercial.
La reparación o sustitución de piezas, o la realización de operaciones de servicio
técnico a la Embarcación deportiva durante el período de garantía no amplían la
duración de la garantía más allá e la fecha límite original.
4) CONDICIONES PARA BENEFICIARSE DE
LA GARANTÍA
Esta garantía cubre únicamente las embarcaciones deportivas Sea-Doo de 2007,
adquiridas como nuevas y sin usar por su primer propietario directamente a un
concesionario o a un distribuidor de productos BRP autorizado para distribuir pro-
ductos relacionados con embarcaciones deportivas Sea-Doo en el país en el que
se realizó la compra ("concesionario/distribuidor BRP"), y solamente tras haber-
se llevado a cabo y documentado el proceso de inspección previo a la entrega
especificado por BRP. La cobertura de esta garantía sólo es válida tras el debido
registro del producto a través de un concesionario o distribuidor autorizado de
BRP. Además, esta cobertura de garantía sólo está disponible si la embarcación
deportiva Sea-Doo se compra en el país de residencia del comprador. BRP no
aceptará ningún compromiso relacionado con esta garantía limitada ante ningún
propietario para uso privado o comercial si no se han cumplido las condiciones
anteriores. Estas limitaciones son necesarias para preservar la seguridad de los
productos BRP, así como la de sus consumidores y la del público en general.
Las tareas de mantenimiento rutinarias deben ser realizadas dentro de los plazos
indicados en la Guía del usuario para mantener la cobertura de la garantía. BRP
se reserva el derecho de condicionar la cobertura de la garantía a la demostración
previa de un mantenimiento adecuado.
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