Apéndice
Licencia Pública General Reducida de GNU
Versión 2.1, febrero de 1999
Copyright (C) 1991, 1999 Free Software Foundation, Inc., 59 Temple Place, Suite 330, Boston, MA
02111-1307 USA
Se permite a cualquier persona copiar y distribuir copias textuales de este documento de licen-
cia, no así realizar modificaciones en él.
[Ésta es la primera versión publicada de la Licencia LGPL. Se considera, a su vez, sucesora de la
Licencia Pública para Bibliotecas de GNU, versión 2; por ello se trata de la versión 2.1.]
Preámbulo
Las licencias de software en su mayoría están diseñadas para privarlo de la libertad de com-
partirlo y modificarlo. En cambio, las Licencias Públicas Generales de GNU están pensadas
para garantizar su libertad de compartir y modificar el software libre (a fin de garantizar que
el software sea libre para todos sus usuarios).
Esta licencia, la Licencia Pública General Reducida, se aplica paquetes de software designados
especialmente (por lo general, bibliotecas) de la Free Software Foundation y de otros autores
que decidan usarla. Usted también puede usarla, pero se sugiere primero considerar cuidado-
samente cuál es la mejor estrategia para cada caso en particular, esta licencia o la Licencia
Pública General ordinaria, según las siguientes explicaciones.
Cuando se habla de software libre, se hace referencia a la libertad de utilización, no a lo eco-
nómico. Nuestras Licencias Públicas Generales están diseñadas para garantizar que usted
tenga la libertad de distribuir copias de software libre (y de cobrar por este servicio si lo
desea); que reciba el código fuente o lo obtenga si lo desea; que pueda modificar el software
y utilizar partes de éste en nuevos programas libres; y que reciba notificación de estas posibi-
lidades.
Para proteger sus derechos, necesitamos establecer restricciones que prohíban a los distribui-
dores negarle a usted estos derechos o solicitarle que renuncie a ellos. Estas restricciones se
traducen en ciertas responsabilidades para usted si distribuye copias de la biblioteca o si la
modifica.
Por ejemplo, si distribuye copias de la biblioteca, de forma gratuita o paga, debe dar a los des-
tinatarios todos los derechos que ha recibido de nosotros. Debe también asegurarse de que
reciban el código fuente o de que puedan obtenerlo. Si vincula otro código con la biblioteca,
debe proporcionar los archivos objeto completos a los destinatarios, de modo que puedan
restablecer los vínculos con la biblioteca después de realizar cambios en ella y de compilarla
nuevamente. Además, debe mostrarles estos términos a fin de que conozcan sus derechos.
Protegemos sus derechos con un método de dos pasos: (1) registramos la biblioteca como
propiedad intelectual, y (2) ofrecemos a usted esta licencia que proporciona permiso legal
para copiar, distribuir y/o modificar la biblioteca.
Para proteger a cada distribuidor, deseamos dejar bien en claro que no existe garantía para la
biblioteca libre. A su vez, si otra persona modifica la biblioteca y la comparte; los destinatarios
deben saber que no tienen en su poder la versión original, de modo que la reputación del
autor original no se vea afectada por problemas que pudieran producirse por acción de otros.
Finalmente, las patentes de software amenazan constantemente la existencia de programas
libres. Es nuestro deseo garantizar que ninguna compañía pueda limitar de forma efectiva a
los usuarios de un programa libre mediante la obtención de una licencia restrictiva de un titu-
lar de patente. Por consiguiente, insistimos en que toda licencia de patente obtenida para una
versión de la biblioteca debe ser consecuente con respecto a la libertad total de uso especifi-
cada en esta licencia.
En su mayoría, el software de GNU, incluidas algunas bibliotecas, se rige por la Licencia
Pública General de GNU. Esta licencia, la Licencia Pública General Reducida de GNU, se aplica
a ciertas bibliotecas designadas y se diferencia considerablemente de la Licencia Pública
General ordinaria. Utilizamos esta licencia para ciertas bibliotecas a fin de permitir la vincula-
ción de dichas bibliotecas en programas no libres.
175