•
No permitir que nadie se siente ni viaje en alguna parte de la embarcación que no se haya diseñado para ese fin. Esto
incluye los respaldos de los asientos, las regalas, el peto de popa, la proa, las cubiertas, los asientos de pesca
elevados y cualquier asiento de pesca giratorio; cualquier lugar donde una aceleración inesperada, parada súbita,
pérdida inesperada del control de la embarcación o movimiento súbito de la embarcación pueda ocasionar la caída de
una persona dentro o fuera de la embarcación. Verificar que todos los pasajeros tengan un asiento adecuado y que lo
estén ocupando antes de cualquier movimiento de la embarcación.
La ley estipula que nunca debe navegarse bajo la influencia de alcohol o estupefacientes.
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Éstos afectan al razonamiento y reducen considerablemente la habilidad para reaccionar rápidamente.
Conocer el área por la que se navega y evitar lugares peligrosos.
Permanecer alerta.
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La ley señala que el operador de la embarcación es responsable de mantener una vigilancia apropiada, tanto visual
como auditiva. El operador debe tener una visión libre, particularmente hacia el frente. Ningún pasajero, carga o
asientos de pesca deben bloquear la visión del operador, si la embarcación navega a velocidad mayor que la de
ralentí o de transición de planeo. Estar atento al agua, la estela y la posible presencia de otras personas.
No seguir nunca con la embarcación a un esquiador acuático, ya que puede caerse.
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Por ejemplo, la embarcación a una velocidad de40
haya caído al agua y que esté a61 m (200
Estar atento a los esquiadores que se hayan caído.
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Al usar la embarcación para la práctica del esquí acuático o actividades similares, mantener siempre el esquiador
caído en el costado de la embarcación correspondiente al operador, mientras se regresa para prestarle asistencia. El
operador siempre debe mantener a la vista al esquiador caído y nunca debe retroceder en dirección al mismo o a
cualquier otra persona en el agua.
Los accidentes deben comunicarse.
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La ley obliga a los operadores a presentar un parte de accidente de navegación a la autoridad competente en el caso
de que la embarcación haya estado implicada en determinados accidentes de navegación. Es obligatorio comunicar
un accidente si 1) ha habido pérdida de vidas humanas o probabilidad de ella, 2) se han producido lesiones
personales que precisen un tratamiento médico posterior a los primeros auxilios, 3) se han producido daños a otras
embarcaciones o propiedades cuyo valor supere los 500,00 $ o 4) si la embarcación es siniestro total. Solicitar ayuda
adicional a las autoridades locales.
Exposición al monóxido de carbono
Atención a la posibilidad de envenenamiento por monóxido de carbono
El monóxido de carbono (CO) es un gas letal que se halla presente en las emanaciones del escape de todos los motores
de combustión interna, entre ellos los que impulsan embarcaciones, y en los generadores que accionan accesorios de las
embarcaciones. Aunque el CO es inodoro, incoloro e insípido, si se percibe el olor o el sabor del escape del motor, se está
inhalando CO.
Los primeros síntomas del envenenamiento por monóxido de carbono, similares a los del mareo y la intoxicación,
comprenden dolor de cabeza, vahídos, somnolencia y náuseas.
La inhalación de gases del escape del motor puede ocasionar envenenamiento por monóxido de carbono y producir
pérdida del sentido, daño cerebral o la muerte. Evitar la exposición al monóxido de carbono.
No aproximarse a las zonas del escape durante el funcionamiento del motor. Mantener la embarcación bien ventilada
mientras está en reposo o en movimiento.
No aproximarse a las zonas del escape
Las emanaciones del escape contienen monóxido de carbono perjudicial para la salud. Evitar las zonas en las que se
concentren los gases del escape. Cuando los motores estén funcionando, impedir la proximidad de bañistas a la
embarcación y no sentarse, tumbarse ni permanecer de pie en plataformas de natación o escaleras de abordaje. Durante
la navegación, impedir la presencia de pasajeros inmediatamente detrás de la embarcación (arrastre de plataformas o
personas). Esta práctica peligrosa, además de situar a las personas en una zona de gran concentración de emanaciones
del escape, puede ocasionar accidentes con la hélice de la embarcación.
90-8M0063005
SEPTIEMBRE 2010
spa
km/h (25 MPH) adelantará a un esquiador acuático que se
ft) de la embarcación en 5 segundos.
ADVERTENCIA
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Sección 3 - En el agua
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