7. Servicio
Control regular
Es necesario realizar un control regular del funcionamiento y la seguridad del producto sanitario, y debe
llevarse a cabo como mínimo una vez cada tres años, siempre y cuando la normativa legal no exija controles
más frecuentes. El control regular abarca el producto sanitario completo y deberá realizarlo exclusivamente
un Servicio Técnico Autorizado.
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