ESPAÑOL
2.2.13 CAPACITACIÓN Y ATRIBUCIONES DEL PERSONAL
El uso de la máquina se autoriza solamente al personal encargado y correctamente instruido, que se encuentre
en condiciones de salud que le permitan el desarrollo normal de sus actividades.
•
Persona expuesta: es cualquier persona que se encuentre dentro de la totalidad o en una parte de una zona peligrosa.
•
Zona peligrosa: es cualquier zona al interior y/o cerca de una máquina donde la presencia de una persona expuesta consti-
tuya un riesgo para la seguridad y la salud de dicha persona.
•
Operador: realiza las operaciones de trabajo ordinario, necesarias para el funcionamiento de la máquina (uso de los
mandos, pericia en el ciclo operativo, limpieza de las superfi cies e intervenciones en caso de funcionamiento incorrecto).
Durante la producción normal, el operador deberá intervenir con todas los dispositivos de seguridad habilitados. El per-
sonal encargado de operar la máquina, debe poseer (o adquirir por medio de la formación adecuada y de preparación) los
requisitos que se indican a continuación, y además debe conocer el presente manual y las información relacionada con la
seguridad. Dichos requisitos son:
- Cultura general y técnica con un nivel sufi ciente para comprender el contenido del manual y para interpretar correctamente
las fi guras, los diseños y los esquemas.
- Conocimiento de las principales normas de higiene, de prevención de accidentes, tecnológicas y de primeros auxilios.
- Saber como comportarse en caso de emergencia, dónde encontrar los medios de protección individual y cómo usarlos.
- Tener las autorizaciones necesarias para la compra de productos fi tosanitarios.
•
Técnico del fabricante: el personal de la empresa fabricante u otro personal autorizado por la misma realiza actividades
complejas de instalación, puesta a punto, reparación y, si se solicita, de formación del personal encargado de la máquina.
•
Encargado del mantenimiento mecánico: es aquel que depende directamente del usuario o del fabricante y que ha sido
instruido correctamente para realizar el mantenimiento ordinario y extraordinario de la máquina y que integra los resultados
en los registros respectivos.
•
Mantenimiento eléctrico: personal técnico especializado, capaz de conducir la máquina en condiciones normales, de inter-
venir en las partes eléctricas para realizar todos los ajustes, el mantenimiento y las reparaciones necesarias, y capaz de
operar en presencia de tensión.
•
Personal autorizado para el desplazamiento y el transporte: personal que ha recibido la formación adecuada sobre el uso
de los dispositivos de elevación y de movimiento.
2.3 NORMATIVAS DE REFERENCIA
Declaramos bajo nuestra responsabilidad, que la máquina es conforme a los requisitos de seguridad y de salud previs-
tos por las siguientes Directivas Europeas:
•
DIRECTIVA MÁQUINAS 2006/42 CE.
•
204/108/CE Compatibilidad Electromagnética
•
2009/127/CE Octubre de 2009: Máquinas para la aplicación de pesticidas.
Para la adecuación de la máquina se utilizaron las siguientes especifi caciones técnicas:
•
UNI EN ISO 16119-1/2013
•
UNI EN ISO 16119-3/2013
•
UNI EN ISO 4254-1/2013
•
UNI EN ISO 4254-6/2010
•
EN ISO 12100-2010
•
CEI EN 60204-1/2006
•
ISO 11684:1995
•
ISO 3767-2/2008
26
USO Y MANTENIMIENTO
ATENCIÓN
Cód. F07012289